Los mayores condenas son para dos de los nigerianos acusados, que introducían la droga en Mallorca.

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Condena dura para los correos que introducían la droga y más benigna para el resto de la banda. La Audiencia de Palma ha condenado a cinco años y medio de cárcel a la peluquera de es Fortí por tráfico de drogas. La pena está muy por debajo de lo solicitado por la Fiscalía ya que la Sala considera que no quedó probado en el juicio que empleara el establecimiento para encubrir la venta de drogas. La pena también se reduce por el atenuante de drogadicción y porque la Fiscalía no acreditó las fechas de una condena anterior, por lo que no se ha impuesto en agravante de reincidencia, duda introducida en el juicio por el abogado defensor de la peluquera, Jaime Campaner.

Las penas más duras son para los dos ciudadanos nigeriano que introdujeron en Palma la droga. Para cada uno de ellos la condena es de diez años de prisión. Uno de ellos había sido sorprendido en el aeropuerto con una maleta que contenía más de medio kilo de cocaína. Junto a la pena de cárcel, también cada uno de ellos, tendrán que pagar una multa de un millón de euros.

Un absuelto

Sólo uno de los nueve acusados ha quedado absuelto de delitos contra la salud pública. La acusación ya retiró la acusación en su contra durante el juicio. Sobre el resto recaen condenas entre los tres y los seis años de prisión.

Buena parte de la sentencia se dedica a desestimar la petición de la defensa para que se anulasen las escuchas telefónicas. Sobre esta prueba se sustentó toda la operación policial y se llegó al decomiso de todas las partidas de droga aprehendidas. La sala avala la actuación policial y judicial en la investigación, de forma que considera válidas las pruebas de cargo.

La policía sorprendió diversas conversaciones desde el móvil de la peluquera. En ellas, él y su novio hablaban con compradores de droga. Éstos pedían distintas cantidades de cocaína utilizando para ello palabras relacionadas con la peluquería para evitar ser descubiertos. Así, en las conversaciones se habla de «calcetines», «camisetas», «medias», «tintes» e incluso «tomates». «La Sala colige que son las expresiones simuladas de pedidos», afirma la sentencia.

En el juicio sólo quedó acreditado que una persona realizara compras de droga en la misma peluquería. Por eso, la sala cree que no está demostrado la venta al público de forma habitual a pesar de las declaraciones de varios policías que apuntaban en este sentido. La sentencia, cuya ponente es la presidenta de la sala, Margarita Beltrán, califica estos testimonios de «sospechas altamente sugestivas».

El vuelo de los dos ciudadanos nigerianos a Palma fue como poco accidentado. Uno de ellos residía habitualmente en Palma y había «fichado» al otro como correo para ese envío. Ambos volaron desde Mali a Palma, vía Madrid y Barcelona. Sin embargo, en uno de los transbordos perdieron las maletas. El azar aéreo hizo que acabaran en Tel Aviv, donde fueron recuperadas por la policía. En una de ellas, oculto en un doble fondo, los agentes encontraron los estupefacientes. Durante el juicio, uno de los condenados afirmó que la maleta que llevaba no era suya, sino que se la dieron por error en el vuelo, de hecho, aseguró que le comunicó esto a una azafata en el vuelo. El Tribunal rechaza este argumento ya que no existen pruebas firmes de que fuera así. Uno de ellos esperó en la cinta de equipajes las maletas y formuló una reclamación, aunque no tenía ningún resguardo y fue detenido.