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AGUSTÍN AGUILÓ Con la reciente aprobación del anteproyecto de reforma del Código Penal, el Gobierno español ha abierto el camino a la modificación penal más ambiciosa desde la acometida en 1995. Si dicho proyecto pasa el filtro parlamentario, nos encontraríamos con la legislación penal más dura desde que afirmamos ser Estado de Derecho.

Quién mejor que Gabriel Garcías, abogado penalista mallorquín de reconocido prestigio, y profesor de derecho penal durante más de treinta años, para valorar y comentar los nuevos cambios penales que pretende aprobar el Gobierno.

De forma general, Garcías sintetiza el anteproyecto en tres puntos: «Penas agravadas, creación de medidas inherentes a ciertos delitos y la aparición de nuevas figuras delictivas».

Concretamente, los cambios de la legislación criminal que se pretenden introducir serían los siguientes:
En primer lugar, los delitos de terrorismo (muertes y secuestros) nunca prescribirán, y los delitos fiscales lo harán a los diez años (en la ley vigente prescriben a los cinco años).

Segundo, se perseguirá más duramente el soborno a funcionarios, incrementando la pena para los condenados por cohecho.
Tercero, los ataques contra la libertad sexual infantil serán más castigados cuando las víctimas sean menores de cuatro años, y también se penalizará con prisión a los clientes de prostitución infantil.

Cuarto, respondiendo al controvertido caso de la pequeña Mari Luz, se otorgará a los jueces la facultad de incrementar hasta 20 años la libertad vigilada para los violadores y pederastas, cuando éstos hayan ya cumplido su condena.

Respecto de cuál es el objetivo de modificar el actual Código Penal, Gabriel Garcías se remite a la exposición de motivos del anteproyecto, para explicar que el Gobierno «pretende dar solución a un reclamo social de regular un tratamiento individualizado para los delincuentes responsables de delitos sexuales, terrorismo, piratería e infracciones urbanísticas».

«En mi opinión -dice Garcías- el endurecimiento de penas, aumento de plazos de prescripción y creación de nuevos delitos, todo ello sin antecedentes en la codificación española, no creo que fructifique en la prevención general y especial de delitos».

El profesor también recuerda que el derecho penal es «la última ratio», esto es, «sólo rige cuando no se pueda acudir a otros órdenes jurisdiccionales como el civil o el administrativo, menos lesivos para el ciudadano».