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La Audiencia Nacional declaró ayer la responsabilidad patrimonial del Estado y de la Diputación General de Aragón en la riada que el 7 de agosto de 1996 causó la muerte de 87 personas en un cámping de Biescas (Huesca) y les condena a pagar a las víctimas una indemnización de 11.265.987 euros.

Este riesgo había sido advertido en un expediente necesario para autorizar la instalación del cámping por un funcionario de la Diputación General de Aragón (DGA), dado que ocupaba la parte más activa del cono de deyección (desagüe) de un barranco de fuerte torrencialidad.

La sentencia explica que la responsabilidad de estas dos Administraciones deriva del hecho de que consintieron que el cámping Las Nieves se ubicara en un lugar peligroso para los acampados y sus instalaciones.

El funcionario que elaboró este documento «informó con claridad del riesgo que suponía esa ocupación, dado que dicho lugar era el cono de deyección de un barranco, concretamente del río Arás, que desemboca en el río Gállego, importante afluente del Ebro», pese a lo cual se autorizó la instalación del cámping al borde del barranco, en una zona «inundable».

La resolución notificada ayer recuerda, además, que en ese mismo lugar ya se habían producido en 1905 y 1929 dos «avenidas de agua» que causaron una víctima mortal.

La Audiencia Nacional ha absuelto a los otros dos codemandados, el Ayuntamiento de Biescas y el propietario del cámping, Luis Bardají, porque «no se ha acreditado en autos que (...) conocieran el informe desfavorable a la ubicación del cámping Las Nieves».

Las dos Administraciones condenadas deberán indemnizar «conjunta y solidariamente» -ya que «no se puede individualizar la responsabilidad de cada una»- a los demandantes, que representan a 62 de los fallecidos y a otras diez personas que sufrieron heridas o pérdidas materiales.