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El juzgado de instrución número 1 de Palma ha dictado la segunda sentencia condenatoria contra dos prostitutas que ejercían su actividad en la vía pública, en el municipio de Calvià. Esta decisión judicial se produce dos meses después de la primera condena, respaldando así la ordenanza municipal aprobada el verano pasado por el Ajuntament 'calvianer', que prohibía explícitamente «la utilización de la vía pública o espacios públicos del municipio para la captación de clientes con fines sexuales».

Esta prohibición impide el uso de estos espacios para ejercer en ellos «oficios, trabajos o actividad comercial o no de cualquier naturaleza». De hecho, la ordenanza está basada en una sentencia emitida en noviembre de 2001 por el Tribunal de Justicia de Luxemburgo, que definía la prostitución como una actividad autónoma, siempre que se realizara de forma independiente y autónoma. Esta resolución es fruto de un intenso debate en los últimos años en los diferentes tribunales europeos.

Tal y como sucedió en la primera sentencia, la condena ha sido por un delito de desobediencia a la autoridad por el que las dos prostitutas, de nacionalidad nigeriana, deberán pagar una multa de 20 días a razón de dos euros diarios.

Desde la puesta en marcha de la ordenanza, la policía local ha comenzado a controlar esta actividad en los puntos más conflictivos del municipio, denunciando a las prostitutas y advirtiéndoles que si seguían «haciendo la calle» podrían incurrir en un delito de desobediencia.

En esta ocasión, ambas mujeres habían sido sorprendidas multitud de ocasiones, una de ellas hasta 11 veces. El siguiente paso fue incoar diligencias penales por delito de desobediencia, por lo que el caso pasó a los juzgados de Vía Alemania.