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La Audiencia de Palma ha dictado sentencia sobre el caso del choque de dos catamaranes que se produjo en Eivissa en el mes de julio de 1991. El tribunal ha resuelto el recurso contra una sentencia dictada en octubre por el Juzgado de lo Penal de Eivissa, en la que se condenaba al capitán del catamarán «Rápido de Algeciras», Antonio Asensio, como autor de una falta de imprudencia leve, y a indemnizar a los pasajeros que resultaron lesionados.

Tanto el capitán como el armador del buque recurrieron la sentencia invocando la ausencia de negligencia en la actuación del marino y la prescripción de los delitos. El tribunal de la Audiencia ha rechazado este recurso y ha entendido que la conducta del marino no fue sólo constitutiva de una falta leve, sino de un delito de imprudencia. La Sala le condena a un mes y un día de arresto. El «Rápido de Algeciras» colisionó contra el «Rápido de Formentera». En este último barco viajaban 33 mallorquines, la mayoría de ellos pertenecientes al grupo de teatro «La Prima» de Sineu.

La sentencia de la Audiencia ha confirmado la mayor parte de las indemnizaciones a los heridos, que iban desde los once millones a las 22 mil pesetas. Entre las indemnizaciones que se modifican está la de Gabriel Crespí, policía local de Sineu, para el que se ha señalado una indemnización de dos millones, frente al 1.400.000 pesetas que le concedió el juez de Eivissa. Las indemnizaciones se pagarán con los correspondientes intereses. El abogado Rafael Perera, que ha defendido a los perjudicados de Sineu, mostró su desagrado por la enorme lentitud de la justicia, que ha tardado diez años en sentenciar el caso.