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El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre que no devolvió un coche que había alquilado por un día y fue localizado un mes después por la policía en el garaje de su domicilio. El Supremo anula la condena que impuso la Audiencia Granada al acusado, de seis meses de prisión, por un delito de apropiación indebida y el pago de una indemnización de 148.016 pesetas.

Para el Supremo, el acusado no cometió este delito «porque después de alquilar el automóvil nunca abandonó su domicilio, que era conocido por la agencia, y siempre se movió en el ámbito natural de su existencia cotidiana, sin dificultar la localización de la cosa arrendada que guardaba en el garaje de su propiedad anejo a su domicilio».

Según la sentencia, el 11 de agosto de 1997 J.M.R.B. alquiló en una agencia de Granada un turismo que debía devolver al día siguiente, pero se quedó con dicho vehículo hasta que el 12 de septiembre de 1997 fue recuperado por agentes de la policía en el garaje de su domicilio. El Alto Tribunal acepta el argumento del recurso del acusado, de que en su caso, hubiera cometido «un mero incumplimiento de la obligación de devolución, no pudiendo considerarse que la prolongación del uso del vehículo sea suficiente para deducir el propósito de incorporación al patrimonio del recurrente».