Hacienda no realizó una prueba pericial que concretara la cifra que debía tributarse.

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El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia de Palma ha absuelto al primer empresario turístico de s'Arenal que fue condenado a un año de cárcel por un delito fiscal. La sentencia anterior, ahora anulada, le condenaba además a pagar una multa de 63 millones de pesetas por defraudar en el impuesto de sociedades. También le obligaba a indemnizar a Hacienda con 32 millones de pesetas.

A pesar de que es un hecho probado que el empresario turístico dejó de declarar a la hacienda pública importantes cantidades económicas, la Audiencia ha aceptado el recurso que presentó el acusado y ha anulado la sentencia condenatoria.

El letrado defensor mantuvo que, ni durante la instrucción de este asunto ni durante el juicio que se celebró, no se hizo ninguna prueba pericial que determinara la cantidad exacta que debía liquidarse a Hacienda. Según Diéguez, si bien es cierto que el empresario no declaró 91 millones de pesetas al fisco, esta no es la cantidad defraudada. El letrado consideró que Hacienda debió hacer un estudio pericial de ingresos y gastos de la empresa hotelera y de allí obtener la cuota defraudada.

El juez Terrassa da como ciertos estos argumentos de la defensa y resalta que el acta de la Administración Tributaria no puede servir para apoyar los hechos probados de una sentencia. La Audiencia ha confirmado que no se ha realizado ninguna prueba para establecer la cuota defrauda.