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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo considera que un policía que pega una paliza a un detenido no incurre en un delito de torturas si no quiere obtener de él una confesión o testimonio, según una sentencia que absuelve por ese delito a un agente que detuvo a un ciudadano por error y le pegó una paliza cuando estaba esposado. El tribunal condena al agente por un delito de lesiones y a indemnizar a la víctima.

Los hechos ocurrieron el 6 de octubre de 1994 en Oviedo y el detenido sufrió herida abierta en el labio, múltiples contusiones faciales, fractura parcial del seno maxilar derecho, fisura en el izquierdo y contusión costal, por lo que permaneció un mes hospitalizado.