TW
2

Se dijo de pasada en sede parlamentaria, a través del entonces ministro de Justicia y consorte de la presidenta del Congreso. Fue al tiempo de anunciar la tramitación de los infaustos indultos a los separatistas condenados por el Tribunal Supremo. Dejó caer también, que existía cierta voluntad constituyente. Respecto a los indultos, como todo el mundo sabe, ya están, no solo tramitados, sino ejecutados. En definitiva, los golpistas, hace tiempo ya están en la calle, libres, pudiendo anunciar «que lo volverán a hacer».

La cuestión constituyente es más compleja. Porque el título preliminar, los capítulos primero y segundo del título primero y la sección primera del capítulo segundo y, el título segundo, referido a la Corona, exigen para su modificación unos trámites muy rígidos (se requiere una mayoría de tres quintos, disolución de la cámara, elección de nueva cámara con aprobación nuevamente por tres quintos y finalmente referéndum nacional) debiendo tener presente que no es aceptable atajar el procedimiento. Hacerlo es equivalente a un golpe de Estado. Pues, según Kelsen, el jurista más relevante del siglo XX, «un golpe de Estado, es toda modificación no legítima de la Constitución o su reemplazo por otra. Es indiferente que se lleve a cabo mediante un acto de fuerza contra el gobierno legítimo, o que sea efectuado por miembros del mismo gobierno; que se trate de un movimiento de masas o sea por un pequeño grupo de individuos. Lo decisivo es que la Constitución válida sea modificada, o reemplazada enteramente por una nueva constitución, de un modo que no se encuentre prescrito en la Constitución hasta entonces vigente».

Mas, lo cierto es que se pueden modificar muchas cosas sin tener que modificar la Constitución. La semana pasada lo vimos en un relato que más bien parece una fake. Le ha tocado, nada menos, que a la Comisión de Secretos oficiales. Hacían falta 210 votos, que no se tenían. Entonces se modificó la ley para que con 176 (mayoría absoluta) fuera suficiente. No importa si con ello dimos un paso más hacia Españezuela. Ni si deconstruyendo el Ordenamiento jurídico del modo que se está haciendo, pudiera terminarse por no ser precisa la modificación explícita de la Constitución, para encontrarnos con el régimen cambiado. Con audacia infinita, sin tomar precauciones y sin la necesaria atención, pudiéramos llegar al golpe de Estado invisible. O sea, a la modificación constitucional de modo imperceptible.