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EFE-TARRAGONA
El Juzgado de lo Social número 1 de Tarragona ha concedido, por primera vez en España, una pensión de orfandad absoluta a un menor, hijo de una pareja de hecho que falleció de sida y de cuya tutela se ha hecho cargo la Generalitat de Cataluña.

El fallo, firmado por Francisco Javier Sánchez Icart, recuerda que el padre del menor murió el 20 de noviembre de 2000 a consecuencia de una infección de VIH, mientras que la madre falleció por la misma causa el 26 de marzo de 2002.

El magistrado de este tribunal ha dictado una sentencia en la que concede esta pensión absoluta de orfandad en respuesta a un litigio que enfrentaba al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con la Generalitat, después de que el primero denegara esta pensión por considerar que la madre no estaba vinculada matrimonialmente con el padre del menor.

La sentencia condena al INSS a abonar al menor, de siete años, el 20% de la cotización de la madre, quien dejó de cotizar en 1992 porque inició «un largo período de internamiento en diversos centros penitenciarios, siendo drogodependiente de múltiples drogas, tratada con metadona desde 1996, y, diagnosticada desde dicha fecha de sida, hepatopatía crónica y trastorno adaptativo».

El magistrado también insta a la Seguridad Social a pagar al pequeño el 52% del incremento de la base reguladora establecida en 459,09 euros, obligándole a abonar un total de 422 euros mensuales al niño, pese a que sus padres no estaban casados.

Este hecho sienta precedente, ya que hasta ahora la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional era favorable en estos conflictos jurídicos a la Seguridad Social, porque la legislación no contempla la pensión absoluta de orfandad para los hijos de parejas que no han contraído matrimonio.