La suspensión cautelar del TSJ se suma a la dictada desde el juzgado de instrucción número 4.

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Con la estimación por parte del TSJ del escrito de demanda formulado por el Consell, queda asimismo suspendida cautelarmente la concesión por parte del Consistorio de cualquier tipo de licencia urbanística o acto administrativo derivado de la licencia impugnada, así como la ejecución material de obras de urbanización o de ejecución. Ese escrito está vinculado al recurso contencioso administrativo planteado por la institución insular en el que se impugnaba la concesión de la licencia de segregación y parcelación otorgada por el Ayuntamiento en la comisión de Gobierno celebrada el 13 de septiembre de 2001.

La Sala ha tenido en cuenta que si no se concedía esa suspensión el recurso del Consell podría perder su propia finalidad en caso de que finalmente se anulara definitivamente la segregación, dada la dificultad que entrañaría devolver la zona a su estado original una vez estuviera completamente urbanizada, aunque prácticamente ya lo está.

El auto contiene un fundamento de derecho, el tercero, que podría ser fundamental para la resolución del caso ses Torres que se investiga en el juzgado de instrucción y primera instancia número 4 de Eivissa. La magistrada del TSJ recuerda en él que existe una sentencia de 31 de julio de 1997 que afirma que el Plan de Delimitación del Suelo Urbano (PDSU) de Santa Eulària, en el que el Ayuntamiento se basó para conceder esas licencias, es nulo, aunque en ella «no se declara expresamente dicha nulidad». Sin embargo, la jueza también advierte que «ese fundamental dato (el reconocimiento de la nulidad del PDSU) es reconocido hasta por el propio Ayuntamiento de Santa Eulària, según se observa del Expediente Administrativo y documento nº 82 aportado». Es decir, el propio Consistorio ha entregado a la Sala de lo Contencioso un documento en el que admite que el PDSU es nulo, algo que tanto su alcalde, Vicent Guasch, como su equipo de Gobierno y defensa jurídica, a cargo del letrado José María Roig Vich, habían negado hasta el momento, aunque en la práctica tenían paralizado ese planeamiento urbanístico. De hecho, el juzgado ha reclamado al Ayuntamiento un documento firmado por el alcalde y el secretario accidental en el que se reconoce que según el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) el suelo de ses Torres no era urbano.