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El Tribunal Supremo ha estimado que los médicos que realizan intervenciones quirúrgicas de cirugía estética, odontología o vasectomía están obligados a la obtención de resultados positivos, ya que se establece un contrato habitual de prestación de servicios firmado con el cliente-paciente, según una sentencia de la Sala de lo Civil. El Supremo condena al médico odontólogo Enrique B.C. a indemnizar con 11 millones de pesetas a la paciente María del Rosario C. G., que después de algo más de nueve años tuvo que cambiar de consulta para solucionar sus problemas en la boca. Esta decisión revoca la sentencia absolutoria decretada por la Audiencia Provincial de Barcelona que, a su vez, anuló la anteriormente decretada por el Juzgado de Primera Instancia.