Vista general de la controvertida piscina con la terraza y el embarcadero en la Costa dels Pins. | R.L.

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Un artículo en una revista de papel couché (Habitania) mostrando las casas con piscina de algunos personajes famosos fue el detonante de lo que se ha convertido en una batalla judicial entre el periodista Pedro J. Ramírez y el activista Jaume Sastre.

El argumento de que la piscina que el exdirector de El Mundo tenía en su chalet de la Costa de los Pinos invadía el dominio público terrestre ha sido defendida por Sastre y otras entidades políticas y ecologistas durante años en un entramado en el que no han faltado incluso acusaciones de terrorismo, agresiones e intimidación. Ahora, 20 años después, parece que la Audiencia Nacional ha dado la razón a Sastre ya que ha ordenado la demolición forzosa de la piscina pero, como recuerda el abogado del activista, Josep de Luis, «si bien todo apunta a que no hay más recorrido judicial, en este caso nunca se sabe y nos podemos esperar cualquier cosa».

Y es que lo que era una simple denuncia ante Costas ha llenado páginas de periódicos y ha involucrado no solo al periodista madrileño sino también a los exministros Jaume Matas y Cristina Narbona. Pero para conocer el origen de esta denuncia hay que remontarse a julio de 2004 cuando el Lobby per la Independència junto a la asociación Gadma intentaron convocar un acto lúdico-festivo en las rocas junto a la piscina de la Costa dels Pins, con la intención de denunciar la privatización de la costa.

El entonces delegado del Gobierno, Ramon Socias, denegó la petición de la convocatoria por lo que un mes después (13 de agosto de 2004) Jaume Sastre, Josep Palou, Bernat Fiol y el diputado de ERC Joan Puig convocaron una rueda de prensa en el Mirador denunciando que la piscina era ilegal por estar construida sobre las rocas, «invadir el dominio público marítimo terrestre e impedir el derecho de paso». Tras la rueda de prensa, los convocantes intentaron ‘nadar’ en la piscina ya que «es de uso público y gratuito». Al prohibírseles el paso, se levantó acta notarial y se llevó el caso a los juzgados, donde Sasrre sería condenado por «coacciones» al periodista.

La casa con la piscina había sido adquirida por Pedro J. Ramírez y su esposa años antes. En 2001, el entonces ministro de Medio Ambiente Jaume Matas firmó una orden que otorgaba a Giuliana Arioli (antigua propietaria) una prórroga de la concesión por 15 años, pero esta nunca fue publicada en el BOE. A partir de ahí se originó un cruce de recursos, demandas y querellas que ahora parece llegar a su fin.

Incluso en abril de 2006 Pedro J. Ramírez propuso al ministerio transformar la piscina de la Costa dels Pins en una instalación «ecológicamente sostenible» que podría ser visitada por los escolares de Son Servera durante los meses de invierno, cuando el periodista y su entonces esposa, Agatha Ruiz de la Prada, no estuvieran de veraneo. El Lobby, al conocer la propuesta, sostuvo que la ley de Costas prohibía otorgar concesiones de este tipo.

Más tarde, la ministra socialista Cristina Narbona reconoció que la piscina de Son Servera era una caso «singular» porque el Ministerio no había tramitado concesiones similares desde la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988.

El primer revés judicial para el periodista, que no el único, llegó en 2013 cuando el Tribunal Supremo dictaminó que la piscina era de uso público, por lo que desestimaba los recursos contra el fallo de la Audiencia Nacional del 14 de mayo de 2009 que ya habían concluido que la piscina era pública e invadía suelo público. Con ello anulaba las órdenes ministeriales de mayo de 2005, que suspendía el uso público de la piscina hasta aprobar el ‘proyecto escolar’ antes citado. Y una segunda de julio de 2006 que rectificaba la suspensión de uso público. También hubo revés para el Lobby en esta sentencia ya que no se reconoció la petición de la nulidad de la concesión otorgada por Jaume Matas.

Aunque la ‘estocada’ definitiva al caso la dio la Audiencia Nacional en junio de 2016 cuando revocó la prórroga concedida por el Ministerio en 2014 y 2016 para que ocupara el dominio público terrestre. La sentencia consideraba que la Administración no había justificado ningún motivo para permitir el uso exclusivo de dominio público.

La decisión fue recurrida y un año después, en mayo de 2022, el Tribunal Supremo zanjó el caso ya que inadmitió el recurso del periodista contra la sentencia de la Audiencia por lo que estimaba que la zona debía recuperar la imagen original ya que es «la única manera en la que queda garantizado el disfrute del dominio público marítimo terrestre por todas las personas y para todos los usos comunes y acordes con la naturaleza». Meses más tarde, el propio Parlament balear también solicitó que se ejecutara la sentencia y de desmantelara la piscina.

La decisión, también volvió a ser recurrida por Pedro J. y su hijo Tristán hasta que esta semana la Audiencia Nacional ha vuelto a pronunciarse en el mismo sentido y ordena la demolición forzosa.