Vista del oratorio de Portals Nous. | Julián Aguirre

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El Juzgado Contencioso Administrativo número dos de Palma ha desestimado un recurso interpuesto contra la decisión del Ayuntamiento de Calvià de denegar la autorización para construir un restaurante junto al Oratorio de Portals.

Con esta decisión judicial, la Parroquia de Nuestra Señora de Portals no podrá construir un restaurante cerca del Oratorio, ha informado el Ayuntamiento de Calvià en un comunicado, en el que precisa que la resolución no es firme y cabe recurso ante ella.

La argumentación se basa en el elevado impacto paisajístico que tendría el restaurante junto al Oratorio, con impacto visual tanto desde tierra como desde el mar.

El fallo pone en valor la sensibilización de los poderes públicos y de la ciudadanía en preservar la estética del entorno en una zona tan frágil, ya que la vegetación existente es baja y que para construir un edificio nuevo se alterarían 410 metros cuadrados.

El consistorio también menciona la fuerte oposición vecinal a la iniciativa de otro restaurante en Portals Nous, en un lugar donde se rompería la armonía del paisaje de la zona del Oratorio, templo catalogado como Bien de Interés Cultural.

Otro argumento del Ayuntamiento de Calvià para rechazar la obra es que no es trata de un solar que reúna las condiciones de urbanización requeridas, como puede ser el suministro eléctrico necesario, condiciones de accesibilidad y de zonas de aparcamiento adecuadas.