Los alcaldes de Búger y sa Pobla, Liniu Siquier y Biel Ferragut. | Ajuntament de sa Pobla

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Este martes en el Ajuntament de sa Pobla, coincidiendo, con la reunión del Consejo de Coordinación Norte de Policía Local, los ayuntamientos de sa Pobla y Búger han firmado un convenio para mejorar la coordinación, el traspaso de información y la realización de acciones preventivas conjuntas de los diferentes servicios de policía tutor.

Este convenio tiene por objeto unificar los criterios de actuación y la coordinación en las actuaciones de los policías tutores de Búger y sa Pobla, haciendo uso de los mismos protocolos de actuación policial en relación con los menores de edad, tanto en el ámbito de la protección de menores como en el de reforma.

En segundo lugar, tiene por objeto la colaboración y el traspaso de información puntual entre los policías tutores de ambos ayuntamientos en casos de menores de edad que presenten algún tipo de problemática o riesgo social,
por asistencia o por infracción cometida en municipios distintos del de residencia, «siempre manteniendo el principio de interés superior del menor establecido en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor y la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal».

En tercer lugar y último, tiene por objeto la colaboración entre los policías tutores de los dos ayuntamientos interesados para la realización de forma conjunta de actividades de educación vial, de charlas preventivas, o otras acciones de esta misma naturaleza que precisen la unión de recursos humanos y materiales de diferentes ayuntamientos para poderlas llevar a cabo.

El convenio establece actuaciones de colaboración constante de los policías Tutor de sa Pobla y Búger.

Desde el Consistorio de sa Pobla informan que este convenio 174no implica ninguna obligación económica para las partes y lavigencia del mismo se extenderá desde hoy hasta el día 31 de diciembre de 2016. Se prorrogará anualmente siempre que no sea denunciado por ninguna de las partes implicadas en el plazo máximo de un mes antes de su
finalización175.