El campo de golf debía haberse construido en la zona de Son Ferrandell.

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Los promotores de un campo de golf en Son Ferrandell (Valldemossa) no podrán construir este equipamiento deportivo ya que el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha dictado una sentencia en la que se da el visto bueno a la decisión de declarar caducado el interés general concedido en su momento a este equipamiento por el Consell de Mallorca.

Los magistrados también desmontan la argumentación de la promotora del campo, quien defendía en su recurso que el Consell no tenías las competencias para dar por caducada la licencia. «Correspondía al Consell Insular de Mallorca, quien había efectuado la declaración de interés social del campo de golf de Son Ferrandell en el municipio de Valldemossa, la tramitación del expediente contradictorio de caducidad», contestan los magistrados al recurso de la entidad promotora.

La sentencia del TSJB confirma una previa dictada por un juzgado de la contencioso-administrativo, en la que también se señalaba que el Consell actuó correctamente al declarar caducado el interés general. La sentencia del TSJB recuerda que esta declaración se otorgó en el año 1987 y, dos años después, el Ajuntament de Valldemossa otorgó la licencia municipal para realizar las obras.

«Entre la declaración de interés social y la de caducidad habían transcurrido más de trece años -once desde la licencia del Ajuntament- y las obras no se habían iniciado. Y estas, no lo olvidemos, no se iniciaron por causa única y exclusiva imputable al titular de la autorización», señala la sentencia del Tribunal.