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Máximo Labanda Caballero, el constructor que, según ha revelado el grupo municipal socialista de Calvià, aporta el alcalde Carlos Delgado como nuevo testigo en el «caso chalet de Santa Ponça», fue condenado a nueve años de cárcel por la Audiencia Provincial de Palma el 23 de junio de 1992 por un delito de detención ilegal (secuestro) y una falta de lesiones, con la agravante de abuso de superioridad y premeditación, y la atenuante de arrepentimiento espontáneo. Los hechos ocurrieron el 14 de enero de 1992 en Palma y la víctima fue Ramón Bauzá, que en aquellas fechas tenía 37 años de edad y era el apoderado del patrimonio de Trinidad Riera. Esta mujer es la viuda de Andreu Oliver, que al morir dejó una fortuna valorada en unos tres mil millones de pesetas, y cuya herencia se disputaron Trinidad Riera y Catalina Fullana, declarando el Tribunal Supremo a Fullana como heredera «única y universal» de la fortuna del que en otros tiempos fue presidente de la Federación Balear de Ciclismo, y cuya enorme fortuna amasó con el estraperlo.

Fue precisamente la disputa de la herencia, en la que se vieron implicadas varias personas, la que motivó el secuestro. Además de a Máximo Labanda, la Audiencia de Palma condenó a doce años de cárcel a Antonio Vega y a Melchor Puigserver, y a nueve años al ciudadano coreano Ngocto Nguyen. Dos días después de hacerse público el fallo se ordenó el ingreso en prisión de los cuatro condenados. Cumplieron la orden Máximo Labanda, Melchor Puigserver y Ngocto Nguyen, mientras que Antonio Vega eludió la acción de la Justicia y hoy, trece años después, continúa oficialmente en paradero desconocido. Los cuatro secuestradores recurrieron el fallo de la Audiencia Provincial de Palma ante el Tribunal Supremo, que el 9 de julio de 1994 confirmó todas las penas. Máximo Labanda, el nuevo testigo de Carlos Delgado en el «caso chalet de Santa Ponça», salió por primera vez de la cárcel en libertad condicional en el año 1996, y en 1998 se dió por cumplida la condena en su totalidad.

El tribunal que juzgó a los cuatro acusados dio como probado que todos ellos, «en ejecución de un plan preconcebido, con anterioridad a las 08,30 de la mañana del 14 de enero de 1992, se apostaron frente a la iglesia sita en la calle San Magín de Palma, y aguardaron la llegada de Ramón Bauzá Vallespir a dicha iglesia, a la que solía acudir casi a diario, circunstancia que les constaba a los inculpados por previos seguimientos». «Durante la espera -continúa la sentencia- los acusados Antonio Vega, Melchor Puigserver y Ngoto Nguyen, permanecieron escondidos en el interior de la furgoneta con matrícula PM-9474-AV, propiedad de Máximo Labanda, estacionada delante de la iglesia. Máximo Labanda aguardaba en la calle oculto entre coches aparcados. A las 08,30 horas llegó el señor Bauzá, aparcó su vehículo a escasos metros del de los acusados y al disponerse a subir la escalinata de la iglesia fue interceptado por Máximo Labanda, que le cogió del brazo para llevarle hacia la furgoneta y ante la resistencia del señor Bauzá acudió Melchor PUigserver en auxilio de Máximo, los cuales tirando fuertemente consiguieron introducir al señor Bauzá en la furgoneta por la parte lateral, desde cuyo interior Antonio Vega y Ngoto Nguyen lo cogieron de los brazos, consiguiendo entre los cuatro tumbarle en el suelo del vehículo. Ramón Bauzá se resistió, evitando que sus agresores pudieran cerrar la puerta de la furgoneta, marchando Melchor Puigserver corriendo, colocándose Máximo en el volante, momento en el que el señor Bauzá merced a su propia resistencia y a la ayuda de un tercero, testigo de los hechos, consiguió liberarse, habiendo sufrido hematomas en el brazo. Los acusados emprendieron la huida y un par de horas después del secuestro Máximo Labanda y Ngoto Nguyen se presentaron de forma voluntaria en la Jefatura de Policía y relataron lo ocurrido».