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La Conselleria d'Hisenda no cobró los 16.903,47 euros de la multa al periodista Pedro J. Ramírez porque nunca inició los trámites para hacerlo. Ramírez tampoco hizo nada por pagar ni por recurrir la pena ante los tribunales, la única vía que le quedaba después de agotar la administrativa. El 11 de julio de 2003, un año después de ser publicada en el BOIB, la multa de 2,8 millones de las antiguas pesetas prescribió.

La sanción pecuniaria la había impuesto la Conselleria de Medi Ambient de Margalida Rosselló, que informó a su vez a la de Hisenda de Joan Mesquida, actual director general de Infraestructuras del Ministerio de Defensa bajo las órdenes de José Bono, para que la cobrara.

Pero Hisenda, por motivos que se desconocen, no siguió el procedimiento habitual en la tramitación de este tipo de sanciones, según explicaron ayer fuentes autorizadas del actual Gobierno autonómico. De hecho, y siempre según las explicaciones ofrecidas por Hisenda, el departamento no dio paso alguno.

Pedro J. Ramírez es el administrador de la empresa Solares de Simba, propietaria de un chalet en Costa dels Pins situado en la zona de servidumbre de protección. La Conselleria de Medi Ambient sancionó a Ramírez por realizar obras sin contar con su permiso. El periodista recurrió, pero la consellera desestimó las alegaciones y convirtió en firme la multa de 16.900 euros. Después de eso, a Ramírez sólo le quedaba la vía del contencioso administrativo en el Tribunal Superior, pero no la utilizó y se limitó a dejar pasar el tiempo.

Fuentes de la Conselleria d'Hisenda, que ahora encabeza Lluís Ramis de Ayreflor, mostraron su extrañeza por la paralización de esta multa por parte del equipo anterior. Las mismas fuentes explicaron que el procedimiento habitual establece que, una vez iniciada la tramitación, la Dirección General de Tributos tiene que poner en marcha una providencia de apremio y publicarla en el Butlletí Oficial (BOIB). Nada de eso se hizo.

Asimismo, cuando la parte deudora no ha presentado recurso judicial y el importe se encuentra todavía impagado -como era el caso-, tiene que iniciarse un expediente de embargo de los bienes, en este caso de la empresa de Ramírez. Eso tampoco sucedió.

De hecho, la entrada en la Conselleria fue el último movimiento administrativo del expediente, que quedó completamente paralizado hasta el día de su prescripción en base a la Ley de Costas. Así, el 11 de julio del 2003, una semana después de la toma de posesión del Ejecutivo de Jaume Matas, la sanción quedó sin efecto.

Juristas consultados por este diario coincidieron en señalar que el hecho de no haber cobrado la sanción puede constituir «desde negligencia grave por parte de funcionario a un caso de tráfico de influencias o, incluso, de prevaricación, si se demuestra la existencia de dolo». De lo que no hay duda, sin embargo, «es del agravio comparativo para la ciudadanía», afirmaron.