El titular del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Palma ha estimado un recurso presentado por la Compañía de Gas y Electricidad (GESA) en contra de la resolución del Ajuntament d'Alcúdia por el concepto de tasas de basuras correspondiente al ejercicio de 1999 relativo a la central térmica de es Murterar. GESA alegó en el proceso que la liquidación impugnada está efectuada «al amparo de la Ordenanza Fiscal» reguladora de la tasa para la recogida, tratamiento, transferencia y transporte de residuos sólidos urbanos. Esa Ordenanza Fiscal, según el recurrente, «ya fue objeto de recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears, dando lugar a una sentencia que estimó no ajustado a derecho el epígrafe 5.33 del artículo 6 de la misma». Según la empresa, filial de Endesa, «el Ajuntament d'Alcúdia ha configurado no una tasa sino un impuesto».
Alcúdia
Un juez anula la tasa de basuras que cobró el Ajuntament a es Murterar
La sentencia estima el recurso presentado por GESA
18/05/04 0:00
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