Estado actual de las edificaciones de primera línea realizadas en la zona de ses Covetes. Foto: TERESA AYUGA

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La Audiencia Nacional ha rechazado un recurso de la empresa Marina Ernst SL, promotora de 67 apartamentos en ses Covetes (Campos), en contra del deslinde realizado por el Ministerio de Medio Ambiente, lo que certifica que las polémicas edificaciones se construyeron en la franja de protección de 100 metros desde el mar, que fija la Ley de Costas. Esta nueva decisión de la Audiencia Nacional da la razón además al grupo ecologista GOB, que actuaba como codemandado en este recurso. La decisión de la Audiencia es muy trascendente ya que asegura que la promotora no ha podido acreditar que la zona donde se construyeron los apartamentos era suelo urbano cuando se aprobó la Ley de Costas. Así, debe aplicarse la franja de protección de 100 metros y no de 20 metros, como solicitaba Marina Ernst.

En el fallo se asegura que todas las pruebas obtenidas «inducen a considerar como no urbano los terrenos ubicados en esa zona», por lo que equivale a decir que el solar donde se construyeron los apartamentos se encontraba en la zona de protección que fija la ley. «La parte recurrente no ha conseguido acreditar los extremos en los que se basa su pretensión, cuando además le hubiera bastado una simple certificación municipal, aportada con el escrito de demanda, sobre la clasificación del suelo en dicha fecha», asegura el fallo de la Audiencia Nacional.

El tribunal recuerda además que se solicitó una prueba pericial que no se ha cumplimentado «a pesar del tiempo transcurrido y de la advertencia de esta Sala por providencia de 3 de abril de 2002».

También señala que el Consell de Mallorca anuló la normativa urbanística de Campos lo que, en opinión de la Audiencia Nacional, avala precisamente la tesis contraria a la que defendía la promotora. Por último, el fallo de la Sala Contencioso-Administrativa de la Audiencia asegura que no se ha existido ningún tipo de indefensión hacia Marina Ernst SL.