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B.P. El Tribunal Supremo ha denegado la indemnización de 3.214.442.928 pesetas que los propietarios de sa Coma reclamaban a la Comunitat Autònoma por haber quedado la finca incluida en el ámbito de la delimitación de la ley de declaración de Àrea de Especial Interés de sa Punta de n'Amer en 1985. El Supremo impone el pago de las costas procesales a los demandantes.

Los propietarios habían presentado un recurso contra la sentencia pronunciada en 1992 por la Sala del Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de las Islas Baleares. El Supremo ha desestimado la inconstitucionalidad de la ley del Parlament balear, así como lo hace también el Tribunal Constitucional en la sentencia del 19 de octubre de 2000.

Por otro lado, el Tribunal Supremo confirma que los demandantes ejercieron la reclamación transcurrido el plazo que tenían para hacerlo. No obstante, la sentencia va acompañada del voto particular de un magistrado, según el que el derecho de indemnización de los recurrentes no había prescrito. La Ley 8/85 de la declaración de Area Natural de Especial Interés a sa Punta de n'Amer y el posterior plan especial de esta zona, publicado en el boletín de la CAIB del 28 de junio de 1988, impedían la urbanización de cuatro polígonos de este lugar con una superficie aproximada de dos millones de metros cuadrados.

El Àrea Natural de Especial Interés de sa Punta de n'Amer está situada en el término municipal de San Llorenç des Cardassar y tiene una extensión de 199'88 hectáreas. El área protegida es una pequeña península plana situada entre las zonas turísticas de sa Coma y Cala Millor. Se trata de uno de los pocos lugares sin urbanizar de la costa del Llevant. A pesar de su reducida extensión, esta zona presenta una gran variedad de formas: paisaje dunar, campos de cultivo, pinar y sabinar.