Koldo García, junto al exministro Ábalos. | Efe

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La Agencia Tributaria ha comunicado al juez que el pasado mes de abril inició «actuaciones de comprobación e investigación inspectora» para averiguar si Koldo García, exasesor del exministro José Luis Ábalos, cumplió con sus obligaciones tributarias entre 2020 y 2022. En concreto fue la Dependencia Regional de Inspección de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Navarra la que inició ese procedimiento, centrado en el abono del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de Koldo García en dichos periodos.

Así lo hace constar en un escrito, al que ha tenido acceso EFE este miércoles, remitido al juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, que investiga al exasesor de Ábalos y a otros implicados en una supuesta trama de comisiones en contratos públicos de mascarillas en plena pandemia. La Agencia Tributaria, que también ha iniciado esas labores de inspección sobre la mujer de Koldo García y uno de los empresarios investigados en la trama, Juan Carlos Cueto, informa al juez de su actuación al constatar que los periodos tributarios en los que se centra su investigación son objeto de la causa que se sigue en la Audiencia Nacional.

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Las personas, entidades y conductas que están siendo investigados por el juez «pudieran ser las mismas que las que están siendo comprobadas en vía administrativa» y «la determinación o imputación de las obligaciones tributarias de los distintos contribuyentes» podría depender de «hechos y conductas que están siendo investigados» judicialmente.

En virtud de esa «posible relación» entre los hechos que están siendo comprobados administrativamente y la investigación penal, la Agencia Tributaria considera que concurren causas de «prejudicialidad penal que permitirían suspender» sus «procedimientos inspectores». Por ello, solicita al juez Ismael Moreno que ordene «la paralización de los procedimientos inspectores», lo que a su vez interrumpiría los plazos de prescripción del derecho de la Administración «para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación».