Las ministras Celaá y Montero anunciaron este martes la aprobación del fondo, que entra este miércoles en vigor. | Efe

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El Boletín Oficial del Estado publica este miércoles el real decreto ley por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 para las comunidades autónomas y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento, que comenzará en julio con el reparto de los primeros 6.000 millones para sanidad.

Un día después de su aprobación por el Consejo de Ministros, entra en vigor la nueva norma que supondrá el reparto de un crédito extraordinario por un valor total de 16.000 millones de euros a las comunidades.

De este fondo autonómico no reembolsable, que las autonomías no tendrán que devolver al Estado, se beneficiarán especialmente las comunidades autónomas más afectadas por la pandemia y permitirá a las que tienen superávit en ejercicios anteriores gastar esos remanentes presupuestarios (Canarias, Navarra y País Vasco).

Aquí puede consultar el BOE publicado este miércoles con el reparto del fondo COVID-19

Los principales criterios para la distribución del fondo son el número de hospitalizaciones, el número de ucis, el número de pruebas PCR y la población protegida equivalente a efectos del gasto sanitario.

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De esos 16.000 millones de euros, 9.000 millones se destinarán a sufragar gastos en sanidad, 2.000 serán para educación y los 5.000 restantes para paliar la pérdida de ingresos tributarios y en el transporte.

Los primeros 6.000 millones para sanidad comenzarán a repartirse este próximo mes de julio, y los otros 3.000 millones en noviembre. El 35 por ciento de esos primeros 6.000 millones se distribuirán según la población protegida equivalente; el 30 por ciento en función de los ingresos en UCI, el 25 por ciento por el número de hospitalizaciones y el 10 por ciento restante según el número de pruebas PCR realizadas por cada una de las comunidades.
Para el reparto de los 3.000 millones de noviembre, los criterios serán: el 45 por ciento según la población protegida equivalente; los ingresos en UCI el 25 por ciento; el 20 por ciento según hospitalizaciones; y el 10 por ciento según pruebas PCR.

De la segunda partida de 5.000 millones de euros, 800 irán para paliar la pérdida de ingresos en el transporte y 4.200 millones para mitigar la caída de ingresos tributarios.

En concreto, el 60 por ciento de la partida de 4.200 millones será para paliar la pérdida de ingresos por los impuestos de transmisiones y actos jurídicos documentados y por los tributos de matriculación, así como los impuestos sobre el juego, salvo las apuestas «online».
El 40 por ciento restante se repartirá según criterios de población.