En la fase 1 se permitirá la apertura de terrazas con el 30 por ciento de mesas permitidas en años anteriores. | Click

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Estas serán las actividades permitidas en la fase 1 que entrará a partir del 11 de mayo si se cumplen los parámetros:

- Ámbito laboral: Análisis de las exigencias de Prevención de Riesgos Laborales necesarias en las distintas actividades.

- Ámbito personal: Medidas de protección específica de todos los grupos vulnerables en el desarrollo de las medidas de alivio. Contacto social en grupos de hasta 10 personas; las personas deberán guardar siempre una distancia interpersonal de dos metros y mantener siempre las medidas de higiene establecidas. Se permitirán las visitas y reuniones entre familiares y amigos que vivan en una misma provincia. Las reuniones se podrán realizar tanto en domicilios como en terrazas. Quedarán excluidos de esas reuniones los grupos vulnerables como personas con enfermedades inmmunodeprimidas, embarazadas o diabéticos.

El Gobierno permitirá circular con todas sus plazas llenas a los vehículos privados de hasta nueve asientos, siempre que los ocupantes vivan en la misma casa.

Se permiten las visitas a segundas residencias y pernoctar en ellas, siempre y cuando se localicen en la misma provincia.

Velatorios con un máximo de 15 personas si son al aire libre y de 10 si se celebran en espacios cerrados.

- Servicios sociales: Reactivación progresiva con atención prioritaria a colectivos más desfavorecidos. Atención a las personas con discapacidad, las terapias de atención temprana, ocupacionales, de rehabilitación y psicosociales.

Atención domiciliaria y seguimiento continuo a personas mayores que no vivan en residencias.

- Educación: Los centros educativos abrirán para su desinfección, acondicionamiento y el trabajo administrativo y preparatorio de los docentes y personal auxiliar.

Apertura de Universidades para su desinfección, acondicionamiento y para gestiones administrativas y de investigación. Apertura de laboratorios universitarios.

- Ciencia e innovación: Reapertura gradual de instalaciones científico-técnicas que quedaron cerradas en la primera fase de la pandemia. Se podrán celebrar seminarios y congresos científicos, respetando distancia social de más de 2 metros y de menos de 30 asistentes garantizando protocolos de seguridad.

- Comercio minorista y servicios: La orden permite a los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios abrir aunque superen una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados, con la condición de que acoten a ese tope máximo el espacio que reabre al público.

Se establecerá un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años. Cuando así lo proponga el ayuntamiento correspondiente, también podrán reiniciar su actividad los mercadillos en la vía pública, con condiciones de distanciamiento entre puestos, y delimitación del mercado ambulante para correcto control del aforo por las fuerzas de seguridad. Limitación inicial al 25% de los puestos habituales o aumento de superficie para asegurar distancias.

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- Restaurantes y cafeterías: Apertura de terrazas con el 50 por ciento de mesas permitidas en años anteriores o con más mesas si el ayuntamiento permite más espacio disponible y con un incremento proporcional de espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública.

- Hoteles y alojamientos: Apertura sin utilización de zonas comunes y con restricciones, por ejemplo, en restauración.

- Agricultura: Apertura de actividades agroalimentario y pesquero que mantenían restricciones. Las actividades comerciales agrícolas y ganaderas se regirán por las reglas de comercio minorista.

- Cultura y ocio: Actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo). Actos y espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas (sentados y manteniendo la distancia necesaria).

Museos (solo visitas, no actividades culturales): 1/3 aforo con control de aglomeraciones en salas. Bibliotecas (préstamo y lectura con limitación de aforo).

Turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas.
Producción audiovisual y rodaje de cine y series.

- Deporte profesional: Apertura de centros de alto rendimiento con medidas de higiene y protección reforzadas y, si es posible, turnos. Entrenamiento medio en ligas profesionales.

- Deporte no profesional: Instalaciones deportivas al aire libre sin público (para deportes sin contacto como atletismo, tenis).

Actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.

- Lugares de culto religioso: Limitación del aforo a un tercio.

- Movilidad urbana y periurbana: Transporte público en entornos urbanos e interurbanos a niveles de oferta de servicios del 80- 100%. Medidas de gestión de la demanda de viajeros. Se establecerá un factor de ocupación de referencia.

- Movilidad terrestre de media y larga distancia (tren y autobús): Mantenimiento de las condiciones actuales (limitación de número de servicios al 30%). Limitación de ocupación al 50% de los vehículos. Prohibición de catering en trenes.

- Transporte marítimo: Se mantienen las condiciones actuales, salvo que se acuerde algo diferente con las comunidades y ciudades autónomas afectadas en el grupo de trabajo. Ocupación del 50% en butaca o separación de butacas a más de 2 metros. Ocupación del 100% en camarotes siempre que sean ocupados por personas que residan en el mismo domicilio.

Se permite la caza y la pesca deportiva y recreativa.