Imagen del autobús de la polémica campaña de Hazte Oír. | Efe

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El Ministerio del Interior ha revocado la declaración de utilidad pública a la asociación Hazte Oír por considerar que su polémica campaña transfóbica supone una falta de respeto y un menosprecio a otras opciones que no comparten sus ideas.

Interior entiende que lejos de promover el interés general, Hazte Oír realizó una campaña con amplia difusión que, «aun estando amparada por la libertad ideológica y de expresión o difusión de tales ideas» incumplió el requisito de promover el interés general, como así fue declarada en 2013.

A juicio de Interior esos requisitos y límites fueron «desbordados» cuando en 2017 la asociación católica lanzó una campaña con un autobús que recorrió varias ciudades con el lema «Los niños tiene pene; las niñas tiene vulva. Que no te engañen. Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer, seguirás siéndolo».

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«Tan explícito mensaje contraviene, en efecto, el interés general, impregnado de los criterios de tolerancia hacia la diversidad de una sociedad plural, y de respeto a la dignidad de las personas», indica la resolución de Interior.

Deja claro que no se cuestiona el derecho de Hazte Oír a ejercer su libertad ideológica y, así, difundir sus ideas en materia educativa, si bien recuerda que «quien ejerce estos derechos fundamentales y libertades públicas es responsable de las consecuencias jurídicas que puedan derivarse del modo en que lo haga».

Y en este punto, Interior insiste en que resulta «incompatible» con la condición de utilidad pública que una asociación que goza de este beneficio legal realice actuaciones que «producen objetivamente el efecto de denigrar o minusvalorar otras concepciones sobre la familia, la identidad de género, la educación de la infancia, etc.»

Una pluralidad y diversidad, añade el escrito, «cada vez más presentes en nuestra sociedad», por lo que la falta al respeto y consideración ofende «a un amplio sector de la comunidad que no comparte el tradicional enfoque de estos temas que profesa Hazte Oir».
Contra esta orden, la asociación podrá interponer recurso ante el Ministerio de Interior en un mes o ante la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en dos meses.