Vista de una manifestación celebrada en Madrid de afectados por las hipotecas. | Efe

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El Banco de España obliga a las entidades financieras a eliminar la 'letra pequeña' de los contratos de los productos bancarios con el objetivo de avanzar en la protección de los clientes y promover la concesión responsable de créditos.

«La letra a utilizar en los documentos de información tendrá un tamaño apropiado para facilitar su lectura. En todo caso, la letra minúscula que se emplee no podrá tener una altura inferior a dos milímetros», dice el texto.

Esta condición deberá regir para productos y servicios bancarios como depósitos, créditos al consumo, préstamos hipotecarios sobre viviendas y negociación de cheques, así como avales, fianzas y garantías, entre otros.

Claro y en negrita

Asimismo, las entidades están obligadas a que todo lo que deba destacarse en la información previa a un contrato se haga del mismo modo. Así, si se opta por poner texto en negrita, no se podrá usar ésta para otra información.

El objetivo es configurar un nuevo código general de transparencia, claramente orientado a la protección de los clientes de los servicios bancarios, que deberá regir en lo sucesivo en las relaciones entre éstos y las entidades de crédito.

«Cuando las entidades concedan créditos deberán actuar honesta, imparcial y profesionalmente, atendiendo a la situación personal y financiera y a las preferencias y objetivos de sus clientes, debiendo resaltar toda condición o característica de los contratos que no responda a dicho objetivo», dice la norma.

No obstante, la circular recuerda también que rige libertad de contratación y la plena responsabilidad de los clientes si incumplen las obligaciones asumidas contractualmente.