Imagen de archivo de los promotores de la acoalición abertzale Sortu. | Ballesteros

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La Sala del 61 del Tribunal Supremo acordó ayer prohibir la inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior, pero por primera vez su decisión no ha sido unánime y el auto, que se notificará en los próximos días, contará con varios votos particulares.

La prohibición de inscribir a Sortu como partido -que la formación abertzale puede recurrir ante el Tribunal Constitucional, para lo que tendrá un plazo de 30 días desde que se notifique la resolución- supone que no podrá presentar candidaturas a las elecciones locales del próximo 22 de mayo.

Aunque en el caso de Iniciativa Internacionalista -formación a la que finalmente el Constitucional permitió concurrir a los comicios europeos de junio de 2009- ya hubo cinco magistrados de la Sala del 61 que discreparon de la mayoría, ésta es la primera ocasión en la que una decisión sobre una marca electoral de la izquierda abertzale no es unánime.

Y es que Iniciativa Internacionalista, que recibió el apoyo explícito de Batasuna, estaba integrada por dos formaciones ajenas al País Vasco como Izquierda Castellana y Comuneros, mientras que Sortu era la gran apuesta de la izquierda abertzale por volver a las instituciones con una marca propia tras hacer público su rechazo a la violencia.

Tradición rota

Así, la Sala del 61 rompió ayer la tradición de unanimidad frente a las formaciones consideradas sucesoras de la ilegalizada Batasuna que mostró en los casos de AuB, Herritarren Zerrenda, Aukera Guztiak, ANV, ASB, EHAK-PCTV, Abertzale Sozialistak, Askatasuna y D3M.

En cualquier caso, y pese al anuncio de que habrá tres votos particulares, la mayoría de los dieciséis magistrados de la sala han considerado que el rechazo de la violencia que figura en los estatutos presentados por Sortu es insuficiente para permitir su inscripción como partido, según fuentes del Supremo.

La sala ha hecho suyos, por tanto, los argumentos alegados por la Fiscalía y por el Gobierno -éste a través de la Abogacía del Estado- en sus demandas, en las que señalaban que la ausencia de una condena explícita a ETA demuestra que Sortu sigue las consignas marcadas por la banda, que permite matizaciones o contextualizaciones, pero nunca una condena a sus acciones.

El auto, que se conocerá en los próximos días, también reflejará como prueba de que Sortu es una continuación de Batasuna el protagonismo que destacados dirigentes de la formación ilegalizada tuvieron en los actos de presentación de la nueva marca.