Gesto serio de la vicepresidenta De la Vega, al entrar en la sala de prensa tras el Consejo de Ministros. Foto: J.L. PINO/EFERodríguez Zapatero.

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El Consejo de Ministros aprobó ayer la modificación del reglamento de Planes y Fondos de Pensiones para que los desempleados que no cuenten con ninguna prestación, bien por haberla agotado o por no tener derecho a ella, puedan rescatarlos inmediatamente.

El Ejecutivo aprobó un Real Decreto de ayudas urgentes de empleo dirigidas a autónomos y cooperativas laborales, que contempla el incremento hasta el 80% del porcentaje de la prestación por desempleo que podrán capitalizar los jóvenes de hasta 30 años y las mujeres de hasta 35 años para iniciar una actividad por cuenta propia.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que el Ejecutivo ha tomado esta medida «para favorecer el poder adquisitivo de las personas desempleadas que hayan invertido en estos planes de pensiones».

Novedades

Actualmente, el citado reglamento establece que para que un parado, partícipe del fondo de pensiones, pueda rescatarlo, tiene que estar un periodo minino continuado de 12 meses en situación legal de desempleo, además de hallarse inscrito como demandante de empleo y no tener derecho o haber agotado la prestación contributiva de desempleo.

En el caso de los autónomos, requiere el cese de actividad y estar inscrito como demandante de empleo también durante 12 meses como mínimo.

Así, el Consejo de Ministros acordó suprimir el requisito de los 12 meses en ambos casos, de modo que el desempleado podrá disponer antes de su plan de pensiones una vez agotada la prestación contributiva por desempleo o en caso de no tener derecho a la misma.