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La Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó ayer, por cuatro votos a favor y uno en contra, anular la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid sobre el denominado 'caso Bono'.

Los tres agentes absueltos ayer no se encuentran en activo, pues tras la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial solicitaron su paso a segunda actividad.

Aquella decisión condenó a penas de 3 y 5 años de cárcel a tres policías por los delitos de detención ilegal, coacciones y falsedad documental en relación con el arresto de dos militantes del PP que acudieron a la manifestación de la Asociación de Víctimas del Terrorismo en enero de 2005, en la que el ex ministro de Defensa José Bono fue agredido.

El único magistrado discrepante, Manuel Marchena, dará a conocer su voto particular cuando se dicte la sentencia completa, que se espera en los próximos días.

El tribunal madrileño condenó a 5 años de cárcel al inspector jefe Javier Fernández Gómez y al comisario jefe de la Brigada Provincial de Información Rodolfo Ruiz, mientras que al funcionario José Luis González Salgueiro se le impusieron 3 años de reclusión.

Todos ellos fueron condenados por falsedad documental, con una pena de 3 años, y los dos primeros también por detención ilegal, con una pena de 2 años. La pena por el delito de coacciones supuso una multa de 1.080 euros para Ruiz.

Tras la resolución, la Sala de lo Penal acordó estimar los recursos de casación presentados por la Fiscalía, la Abogacía del Estado y los tres policías condenados. Estas tres partes sí se oponían a todos los delitos que sustentaban la condena, argumentando que si se llegaba a la conclusión de que no existió detención ilegal, los policías debían ser también absueltos también del de falsedad por estar relacionados con los otros cargos imputados.