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La reforma del IRPF recorta dos puntos, hasta el 43%, el tipo marginal máximo, reduce la tarifa a cuatro tramos desde los cinco actuales y deja exentas de tributación a las rentas de los asalariados inferiores a 9.000 euros (estaba en 3.400 euros).

Junto con la reducción del tipo marginal máximo, la reforma contempla un aumento importante de las cuantías que conforman las circunstancias personales y familiares, que además tributarán a tipo cero. El mínimo vital del contribuyente tendrá siempre el mismo tratamiento, independientemente de su nivel de renta. En concreto, el mínimo personal aumenta un 48,5%, hasta 5.050 euros (frente a los 3.400 euros actuales), mientras que los mínimos por hijo se incrementan entre un 20% y un 30% (hasta 1.800 euros por el primer hijo y 2.800 euros por el cuarto).

Además, el mínimo vital personal sube hasta 5.050 euros, la reducción por rentas del trabajo aumenta entre un 8% y un 14%, se unifica la tributación de todos los instrumentos de ahorro en el 18% y la deducción máxima por vivienda baja a 1.352 euros anuales.

El nuevo IRPF entrará en vigor el 1 de enero de 2007 y supondrá una reducción de los impuestos que pagan el 99,5% de los contribuyentes (20 millones de ciudadanos), con un ahorro medio del 6%.

Para el 60% de los contribuyentes que declaran rentas inferiores a los 17.360 euros anuales la rebaja alcanzará el 17%. La reducción a cuatro del número de tramos de la escala permitirá que el 60% de los contribuyentes tributen a un tipo único del 24% sobre los ingresos que superen el mínimo vital, ya que, además de recortar el número de tramos, se ensanchan, es decir, los tipos marginales se aplicarán sobre cuantías de rentas superiores.

Los mínimos por discapacidad aumentan entre un 13% y un 38% (hasta 2.270 euros para una discapacidad inferior al 33% y hasta 6.900 euros cuando supere el 65%). La deduccón por cuidado de hijos menores de tres años sube un 17%, pasando de 1.200 a 1.400 euros anuales, 116,66 euros al mes.

En cuanto a la tributación del ahorro, se aplicará un tipo único del 18% a todas los productos, desde incrementos patrimoniales a depósitos bancarios, libretas de ahorro, seguros y dividendos. Hasta ahora, la tributación de las plusvalías generadas a más de un año tributaban al 15%.