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El Tribunal Constitucional decidió ayer admitir a trámite el recurso presentado por el general Enrique Rodríguez Galindo contra la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó a 75 años de cárcel en julio de 2001 por el secuestro y asesinato en 1983 de los presuntos etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala. La Sala aceptó dos de las alegaciones de la defensa, en las que explicaba que en el juicio se vulneró el derecho a un juicio con todas las garantías y la presunción de inocencia. La defensa de Galindo presentó el pasado 18 de septiembre un recurso de amparo ante el Constitucional, alegando que la sentencia del Supremo del pasado mes de julio, por la que amplió su condena en cuatro años, vulneró su derecho a la presunción de inocencia y otros cinco derechos fundamentales.

El Constitucional ha desechado cuatro de los argumentos expuestos por la defensa para pedir la anulación de la condena, pero admitió a trámite los otros dos motivos de la demanda de amparo. Se trata del quinto motivo «que invoca como vulnerado el derecho a un proceso con todas las garantías por las declaraciones sumariales del coimputado Felipe Bayo Leal, que se dicen prestadas con infracción de los principios de contradicción e igualdad». En cuanto al sexto motivo del recurso, también admitido por el Constitucional, señala la infracción del derecho a la presunción de inocencia del acusado por falta de idoneidad objetiva como prueba de cargo de las declaraciones sumariales del ex guardia civil Felipe Bayo, del testimonio de referencia de uno de los testigos protegidos (el número 2345) y de la prueba indiciaria en que se basaba la condena por delitos de asesinato.

El Tribunal también extiende la admisión a trámite la pretensión del recurso de que las supuestas faltas de aptitud probatoria señaladas en el sexto motivo, se traducen, en general, en la inexistencia de prueba de cargo en que apoyar la condena de Galindo como autor de dos delitos de detención ilegal. De los seis motivos descritos en el recurso, gran parte de ellos hacen referencia a la fase de instrucción, que en opinión de la defensa acabó viciando la sentencia final, mediante recusaciones que no se tramitaron y abusos del secreto del sumario, puesto que parte de las diligencias realizadas durante la instrucción se efectuaron a espaldas de las partes personadas.

El ex secretario de Estado para la Seguridad, Rafael Vera, señaló que la decisión del Constitucional le ha producido una «enorme satisfacción» y se alegró de que «en alguna ocasión los órganos jurisdiccionales hagan un poco de Justicia». En opinión de Vera la decisión debería llevar aparejada la suspensión, o al menos, la congelación temporal de las medidas que le fueron impuestas a Galindo en la sentencia.