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La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional denegó ayer la extradición a Estados Unidos del industrial vasco José Ignacio López de Arriortúa, 'Superlópez', considerando que los delitos que se le imputan «no dan lugar en España a una responsabilidad grave». Sin embargo, el Tribunal deja abierta la puerta para que sea juzgado en España por estos hechos si lo estiman conveniente las autoridades estaudonidenses y piden la apertura de un nuevo procedimiento.

En un auto, el Tribunal afirma que la demanda de extradición «no se encuentra justificada», amparándose en que los tratados de extradición firmados entre España y Estados Unidos no obligan a la entrega automática de nacionales. «Los diversos delitos que sirven de fundamento a la petición de extradición "apoderamiento ilícito de documentos y revelación de secretos industriales de General Motors en favor de Volkswagen", no dan lugar en España a una responsabilidad grave», afirma el auto, contraponiendo este caso a aquellos en los que sí se ha concedido la extradición de españoles a EE UU, puesto que estaban acusados de violación, tráfico de estupefacientes y estafa, agravada por afectar a múltiples perjudicados.

En el caso de López de Arriortúa, además de que los delitos imputados «no dan lugar en España a una responsabilidad grave», debe tenerse en cuenta que por los mismos hechos se siguió un procedimiento en Alemania que concluyó en archivo, después de que el industrial vasco accediera a pagar 400.000 marcos alemanes (34 millones de pesetas al cambio actual) a una fundación benéfica. Además, General Motors/Opel y el grupo Volkswagen alcanzaran un acuerdo extrajudicial, cuyos efectos también debían ser aplicarse al industrial.

A pesar de que durante la vista oral celebrada el pasado mes de mayo en la Audiencia Nacional, la mayor parte del tiempo se dedicó a determinar si el estado de salud de López de Arriortúa le impedía o no someterse a juicio, el auto, de 12 páginas, sólo menciona que en 1998 «sufrió un accidente de tráfico, a consecuencia del cual padece secuelas graves que exigen tratamiento médico y le incapacitan absolutamente para cualquier actividad laboral». Por ello, «en la actualidad se encuentra retirado de cualquier cargo directivo o responsabilidad empresarial».

«Tampoco puede desconocerse "dice el auto de la Audiencia Nacional" que, por diversas circunstancias no imputables al Estado reclamante, la demanda extradicional, ha tardado casi siete años en formularse, cuando el plazo de prescripción del delito, en el que se basa la reclamación, es tan solo de cinco años.