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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo decidió ayer aplazar su pronunciamiento sobre la imputación del ministro Josep Piqué en el 'caso Ercros' a conocer el resultado de la investigación penal sobre el destino dado al precio de la venta de Ertoil, que lleva a cabo la juez de la Audiencia Nacional Teresa Palacios, quien ha su vez ha dado un plazo de un día a las partes personadas en la investigación, la Fiscalía Anticorrupción y el partido Nueva Izquierda, para que le informen si ven o no indicios contra el ministro.

De esta forma la Sala de lo Penal del Supremo no ha atendido la petición formulada en el informe de la Fiscalía del Supremo, en el que instaba al alto tribunal a no asumir la investigación y remitir las actuaciones al Juzgado de Instrucción número 5 de Barcelona, para que continuara con la causa, al no apreciar indicios de delito en Piqué, tras apartar del caso a un fiscal que sí vio indicios de delito.

En la resolución dictada ayer sobre el 'caso Ercros' el Supremo reclama a la juez Palacios, titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, el resultado de la investigación para determinar dónde fue a parar el dinero pagado a Ercros por la venta de Ertoil en 1991, cerca de 40.000 millones de pesetas. Según el alto tribunal, el «problema aquí planteado se centra en la determinación del destino dado al precio de la venta de Ertoil, SA, lo que está siendo investigado actualmente por el Juzgado Central de Instrucción número 3. Por tanto, esta Sala decidirá lo procedente a la vista del resultado de dicha investigación».

Ercros vendió Ertoil en enero de 1991 a la sociedad luxemburguesa GMH, que en septiembre del mismo año vendió la petrolera a Cepsa. El Supremo expone que las diligencias practicadas por el Juzgado de Instrucción número 5 de Barcelona, sobre un presunto delito de alzamiento de bienes en la suspensión de pagos de Ercros, y las aportadas por el Ministerio Fiscal procedentes del Juzgado de Teresa Palacios y otros dos juzgados, uno de Barcelona y otro de Madrid, «no permiten, en este momento, a esta Sala declarar su competencia para conocer de los hechos objeto de estas actuaciones».