La Audiencia Nacional absuelve a la cúpula de la extinta Sa Nostra

La sentencia aprecia una mala gestión en la operación de Sotohermoso pero achaca su fracaso a la crisis inmobiliaria

Los seis acusados fueron juzgados en otoño del año pasado por la Audiencia Nacional. Todos han resultado absueltos. | J.J.Guillen

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La Audiencia Nacional absuelve a toda la cúpula de la extinta Sa Nostra acusada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado de desviar 16 millones de euros entre los años 2006 y 2011 a la promotora inmobiliaria Sotohermoso. Era el segundo juicio que afrontaban los máximos directivos de la entidad y se salda con el primero. Los magistrados entienden que se trataron de operaciones de financiación que entraban dentro de la actividad de la caja y que, aunque «puedan ser cuestionadas» «no existe prueba alguna de que hubiera favorecido de forma consciente la salida de fondos para actividades ajenas al desarrollo urbanístico», aunque califica como «equivocada y nefasta» la gestión de estas operaciones.

La Fiscalía reclamaba condenas de cuatro años de cárcel para dos ex directores generales de la entidad, Pere Batle y Pau Dols, además de para el directivo Rafael Oliver y los dos responsables de Sotohermoso. También acusaba al expresidente, Fernando Alzamora, para quien reclamaba una pena de dos años.

La sentencia admite que los préstamos y la financiación no fue devuelta y que fracasaron las 16 operaciones de promoción inmobiliaria que estaban previstas. Sin embargo, valora que no existe ninguna prueba de que los acusados desviaran fondos para su beneficio ni de que la financiación se destinara a algo que no fueran los proyectos. Añade que todas las operaciones «siguieron el circuito establecido y en casi todos ellos existía el análisis de riesgo previo».

Los magistrados atribuyen al deterioro de la situación económica que siguió a la crisis del ladrillo lo ocurrido.«Este tribunal estima que las decisiones que se fueron adoptando en Sa Nostra y en Invenostra, podrían encuadrarse en la actividad financiera propia y su fin era adecuarse al deterioro económico que presentaba Sotohermoso». No obstante, los jueces si creen que determinados acuerdos «podrían ser objeto de censura», como asumir el control total de la sociedad sin garantías suficientes. «Se contravino la política interna de riesgos».

Pese a esos reproches, «no se puede concluir que concurriera un quebrantamiento de los deberes de un administrador». «Existe la alta probabilidad de que, de haberse llevado a cabo los proyectos, los beneficios podrían haber existido». De todas formas, los jueces descartan una posible condena por administración desleal porque los hechos habrían prescrito ya. La sentencia puede ser recurrida por las acusaciones, algo que ya hicieron con la primera absolución.