La sentencia de la Audiencia pone un límite a la indemnización porque no se avisó del contenido del envío a la empresa de mensajería. | Alejandro Sepúlveda -

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Una empresa de mensajería tendrá que compensar con 111 euros a una inmobiliaria por perder un sobre en el que había 2,5 millones de euros. La Audiencia Provincial limita la indemnización a abonar al precio del envío, sin incluir ninguna cuantía por el valor del contenido por un motivo: la empresa que mandaba los cheques en ningún momento informó de la importancia de los documentos que iban dentro.

Una compañía inmobiliaria con sede en Palma contrató el porte en octubre de 2020. El envío de un sobre a Alemania. Dentro iban dos cheques, uno por valor de dos millones de euros. La carta nunca llegó a su destino. La inmobiliaria presentó una reclamación en la que pedía, la devolución del pago por el paquete, los 111 euros y una indemnización mayor por un grave incumplimiento del contrato de transporte: alrededor de 250.000 euros por los intereses legales de los 2,5 millones de euros desde la pérdida de los cheques hasta que estos fueron expedidos de nuevo unos meses después de ser extraviados.

Un juzgado de lo Mercantil de Palma aceptó esa reclamación y la empresa de paquetería recurrió la decisión. La Audiencia Provincial le da la razón. La sentencia valora que, si bien se incumplió el contrato, la culpa del transportista no es «gravemente negligente», lo que limita la responsabilidad. Razona que no existe esa culpa añadida, «fundamentalmente porque la demandada desconocía el valor de lo transportado y era obligación del cliente informar sobre ello».

De hecho, la inmobiliaria no llegó a informar sobre el contenido del sobre casi hasta el procedimiento judicial. En su primera reclamación a la empresa de mensajería aludía a «importantes documentos expedidos por el abogado, notario y el consulado», sin hacer referencia a los dos cheques.

Respecto al sobre, en el sistema de la empresa de paquetería constaba que este había llegado a Alemania y que allí es donde se había producido el extravío. La sentencia se remite a los tratados internacionales en materia de transporte que incluyen una limitación de la responsabilidad en supuestos de pérdida salvo que haya existido algo más que un mero incumplimiento. «La sentencia recurrida no razona qué acciones u omisiones de la empresa permiten calificar este extravío como acción gravemente culposa», concluyen los magistrados de la Audiencia. Así, toda la compensación por la pérdida de los documentos con 2,5 millones en cheques se limita a 111 euros. Por no avisar.