Carteles reivindicativos en el centro de Formación Profesional del Dique del Oeste.

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Una sentencia del Tribunal Supremo despeja todas las dudas que pudiera haber y dictamina que cualquier docente que dé clase en el Centre Integrat de Formació Professional Nauticopesquera de Palma debe de disponer del título de marino profesional. Ni siquiera los ingenieros navales y oceánicos están facultados legalmente para enseñar las materias que se imparten en esta escuela, según la sentencia, un hecho que refuerza el argumento del profesorado y 126 alumnos del centro que exigen sustituir a los cuatro docentes que consiguieron estabilizar una plaza pese a no tener la formación requerida. Se trata de una psicóloga, una pianista, un químico y un ingeniero que no tienen el título de Marino Mercante.

La mayoría se habían dado de baja, pero el químico, que todavía seguía acudiendo a dar clases, tuvo un enfrentamiento verbal con los alumnos, que se han manifestado incluso ante la Conselleria por este conflicto ante la posibilidad de que pierdan la homologación de sus estudios. Este roce ha implicado que el químico se haya dado también de baja. De momento, el ingeniero es el único que sigue acudiendo al centro. Asimismo, algunos alumnos han transmitido a este diario que se están medicando por el estrés y la ansiedad que viven ante la incertidumbre que les causa no saber qué pasará con su formación.

El Supremo desestimó el pasado 11 de octubre una demanda del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos contra la normativa que regula los títulos profesionales y de la Marina Mercante, en la que pedían poder impartir una serie de asignaturas. La resolución no duda de la cualificación de los ingenieros navales y los oceánicos, pero señala que no hay norma que contemple lo que éstos solicitaban en su demanda.

«La opción de atribuir esa función formativa a los titulados profesionales de la Marina Mercante es legítima por razón del vínculo directo entre sus atribuciones profesionales y los conocimientos exigibles para tal desempeño», afirma el tribunal. La Sala no ha entrado en analizar la idoneidad de los ingenieros navales para impartir ciertas materias que les están vetadas, ya que no es el objeto del pleito.