El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de tres años y medio de cárcel que impuso la Audiencia Provincial. | Reuters

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un empresario mallorquín por su participación una estafa de cuatro millones de euros a una rica heredera griega con un falso proyecto de una planta de reciclaje. La víctima tenía 28 años cuando su padre falleció y le legó un patrimonio millonario. Según declaró probado la Audiencia Provincial, en el año 2010 conoció a través de un financiero heleno de su confianza al acusado. Este personaje, clave en toda la estafa, desapareció poco antes del juicio, celebrado en 2020 y permanece con una orden de busca y captura internacional desde entonces. El condenado tendrá que cumplir tres años y medio de prisión.

Los dos acusados, el mallorquín y el griego mantuvieron una primera reunión con la heredera en un hotel de Palma. Le ofrecieron una inversión casi mágica con la que podría ganar 25 millones de euros en cinco años. Sostenían que tenían una patente exclusiva y que les permitiría poner en marcha una planta de reciclaje única en Catalunya. De hecho, la joven realizó visitas acompañada por ellos a instalaciones similares en Mallorca y se le anunció que se iban a presentar a un concurso del Ajuntament de Barcelona.

Inversor griego

Según establecen las sentencias, la víctima era una inversora inexperta y tenía una elevada confianza en el financiero. Además se le enseñó lo que parecía un proyecto legítimo y con perspectivas de funcionar. Así, comenzó a transferir fondos a través de una empresa con la que manejaba su patrimonio. Todos al griego que está fugado y a través de Suiza, en la mayor parte de las transferencias. En total remitió cerca de ocho millones de euros de los cuales, cuatro se ha acreditado que fueron desviados, la mayor parte por el acusado que permanece fugado. El empresario mallorquín sólo sería responsable de 1,5 millones según ambas sentencias.

En su recurso ante el Supremo, el empresario condenado sostenía que el proyecto era real y que se podría haber puesto en marcha. Si no prosperó fue por la intervención del acusado fugado. Su defensa aportó planos y documentos para justificar que existía un proyecto en Cataluña real. Tanto la Audiencia como el Supremo consideran insuficiente esta documentación, entre ellas certificados urbanísticos de un ayuntamiento. Sostienen que el acusado tuvo un papel clave en la trama como cooperador necesario para que se produjera la estafa. Sitúan en dos momentos esa participación fundamental para engañar a la heredera: en la reunión en el hotel de Palma donde se le explicó el proyecto y en una serie de correos posteriores que justificaban un cierto avance en las gestiones y que consiguieron desbloquear nuevos fondos.

El Supremo también descarta rebajar la condena por dilaciones en el procedimiento más allá de lo que ya hizo la Audiencia y el empresario tendrá que cumplir la condena de tres años y medio.