El paciente ingresó en Urgencias en Son Espases tras un accidente. | Redacción Local

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El TSJIB condena al IB-Salut a indemnizar con 180.000 euros a los familiares de un joven de 23 años que falleció en Son Espases por una infección que contrajo durante una operación en el mismo hospital. La sentencia considera que existió una responsabilidad de la Administración y que fueron fallos en el tratamiento que se le administró los que desembocaron en su fallecimiento en el mes de mayo de 2016. El joven ingresó a principios de ese mes en urgencias después de sufrir un grave accidente: trabajaba como animador en un hotel y se cayó en la piscina del establecimiento. Recibió un fuerte impacto en las vértebras y, cuando ingresó se le diagnosticó una tetraplejia. Fue ingresado en la UCI y se programó una operación para intervenir en las fracturas cervicales que tenía. Durante la operación hubo una incidencia con el tubo con el que respiraba que tuvo que ser sustituido.

Apenas tres días después de la intervención quirúrgica, el estado del paciente comenzó a empeorar de forma acelerada: mucha fiebre y problemas para respirar. El 19 de mayo, dos semanas después, falleció. Su madre y sus hermanas plantearon una reclamación contra el IB-Salut porque consideraban que fue el tratamiento que recibió lo que provocó su muerte. La sentencia acepta la demanda en base a un informe pericial que vincula el empeoramiento de su estado con una infección en los pulmones que «muy probablemente entraron como consecuencia de la entubación derivada de la necesaria ventilación mecánica».

La resolución señala que en este tipo de casos es la Administración la que tiene que demostrar que tomó todas las medidas posibles para evitar esa infección y que aplicó los protocolos necesarios. En este caso, el perito médico forense considera que se debió de mantener un tratamiento preventivo por antibióticos durante más tiempo del que se hizo. También consideraba el experto que existieron otros sucesos que determinaron esa infección como la administración oral de medicación o un retraso en el diagnóstico e identificación del germen. «Con independencia de que sean o no correctas todas y cada una de las consideraciones expuestas por el perito, lo cierto es que recae en la Administración sanitaria la carga de demostrar la adopción de las medidas preventivas y curativas adecuadas y, en el presente contencioso, apreciamos que dicha acreditación no se ha realizado en términos convincentes». Además de la infección se aprecian más indicios y el tribunal apunta que todos los informes señalan que el riesgo de fallecimiento deriva de ellos y no del traumatismo previo que sufrió la víctima.

El apunte

Reclamaciones frecuentes con poco éxito en su mayoría

Las reclamaciones económicas contra el IB-Salut por problemas derivados de tratamientos médicos son constantes. Sin embargo, la inmensa mayoría de ellas terminan siendo desestimadas tanto por los tribunales como por la Administración, que mantienen un criterio muy restrictivo salvo que se demuestre una negligencia o falta de medios en el tratamiento de forma palmaria y evidente.