Un excursionista se dirige a Binifaldó; a la izquierda, Comuna de Bunyola. | ARCHIVO

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Los espacios forestales públicos de Baleares que tienen una especial singularidad, ya sea por los servicios que prestan o por los importantes beneficios ambientales y sociales que generan (recarga de acuíferos, contribución a la mitigación del cambio climático, fijación del suelo, biodiversidad, aprovisionamiento de recursos) pueden ser declarados de Utilidad Pública y ser incluidos en su correspondiente Catálogo, un registro de carácter administrativo donde se inscriben estos montes y pasan a ser considerados de dominio público.

El Catálogo de Montes de Utilidad Pública tiene su origen en el siglo XIX, fruto del proceso liberal de desamortización, que tenía como objetivo la desvinculación de la propiedad de la tierra en manos del clero o de órdenes militares, entre otros titulares privados. Este patrimonio se unió a los montes y terrenos propiedad de diferentes entidades públicas, entre ellos las comunas de los pueblos.

Características

Con el fin de evitar la posterior venta de los montes y que, por tanto, acabaran de nuevo en manos privadas, el Estado creó el Catálogo de Montes de Utilidad Pública para incluir aquellos espacios forestales que, por sus características singulares, debían preservarse para el interés general. Esta catalogación hace que, jurídicamente, los montes de utilidad pública pasen a ser inembargables, imprescriptibles e inalienables.

Los primeros montes de Balears incluidos en el Catálogo de Utilidad Pública (Catàleg de Forests d'Utilitat Pública) fueron Catálogo de Montes de Utilidad Pública , desamortizados en 1897, confiscados concretamente al Santuari de Lluc e inscritos a nombre del Estado en 1901, de ello hace 120 años.

Posteriormente a la inclusión de Menut y Binifaldó, se han ido sumando al Catàleg hasta 27 montes de utilidad pública con la reciente incorporación del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (Calvià) de Galatzó. Son propiedad del Estado, de la Comunitat Autònoma, de los consells insulars o de los ayuntamientos.

En Balears, casi 20.000 hectáreas forestales son de titularidad pública, lo que supone el 9 % de la superficie boscosa total. De éstas, más de 12.000 hectáreas son Montes de Utilidad Pública.

Estos espacios forestales singulares gozan de una protección jurídica extra, como ya se ha apuntado: son inalienables (no se pueden vender), imprescriptibles (la posesión pública es indefinida) e inembargables (ningún juez ni autoridad pueden retenerlos). Por islas, la superficie forestal pública en general es muy desigual. Mallorca concentra la mayor superficie, con más de 16.000 hectáreas públicas, de las cuales 12.000 se localizan en la Serra de Tramuntana.

El resto de la propiedad forestal de Baleares (el 91 %) es de titularidad privada y está muy repartida entre un gran número de propietarios. La gran mayoría de los propietarios forestales lo son de fincas pequeñas. El 60,6 % de los titulares privados lo son de fincas de menos de una hectárea. En cambio el 0,78 % de los propietarios lo son de más de 100 hectáreas y concentran el 22 % de la superficie forestal de las Islas.