El TSJIB desestima el recurso de la Escuela Católica contra el decreto de admisión de alumnos del Govern. | Pere Bota

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El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Escuela Católica sobre el Decreto 64/2019, de 2 de agosto, por el cual se establece el régimen de admisión de alumnado en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos de la CAIB.

Según ha informado este jueves la Conselleria de Educación y Formación Profesional, este recurso se interpuso el 30 de octubre de 2019 con el objetivo de declarar nulos los artículos 5, 12, disposición transitoria y el inciso sobre haber sido escolarizado en un centro de educación infantil autorizado del apartado VI del Anexo I del Decreto.

Los artículos y la disposición transitoria, han explicado, hacen referencia a la reserva de plazas para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (NESE) en los centros públicos y concertados.

El inciso se refiere a la inclusión de un criterio complementario de puntuación en el baremo, consistente en la matriculación previa en un centro de educación infantil público o autorizado. La sentencia, según ha indicado la Conselleria, concluye que no es discriminatorio.

Además, según ha apuntado, la sentencia reconoce la potestad de la Conselleria de Educación y Formación Profesional de establecer dos periodos de matrícula, junio y septiembre, de cada año escolar, debido a la llegada habitual de alumnado fuera de plazo al sistema educativo de las Islas y las reservas de plazas que se establece en el Decreto para garantizar la igualdad de oportunidades y el reparto adecuado del alumnado NESE entre la enseñanza concertada y la pública.