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El Consell de Govern ha aprobado rebajar en 4.000 euros el plus de residencia para los altos cargos y el personal eventual de otras islas que vienen a trabajar a Mallorca. En concreto, se ha fijado en 18.000 euros, mientras que hasta ahora eran 22.000. En 2020 cobraron este plus 15 altos cargos, lo que se tradujo en un coste de 330.000 euros para las arcas públicas.

El Govern pactó esta rebaja con Ciudadanos el pasado mes de diciembre, durante la tramitación de los presupuestos.

Los beneficiarios deberán justificar los gastos correspondientes a la indemnización por el coste del alojamiento temporal en Mallorca, en aplicación del acuerdo logrado durante la tramitación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2021.

Tal como establece el artículo 16 de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la CAIB para 2021, las personas que tienen derecho a percibir esta indemnización son aquellas que, en el momento de su nombramiento, tengan su domicilio en Menorca, Ibiza o Formentera, y, mientras así sea, tienen derecho a percibir una indemnización por el coste de su alojamiento temporal en Mallorca.

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En concreto, los perceptores recibirán hasta 12.000 euros, como máximo, en concepto de gastos justificados por el coste del arrendamiento u otras figuras análogas inherentes a la necesidad temporal de alojamiento en Mallorca y los desplazamientos aéreos o marítimos interinsulares derivados del tránsito entre ambas islas. Estos pagos deberán hacerse con la justificación previa de los gastos correspondientes, mediante la presentación de la documentación que, en cuanto al alojamiento, acredite el arrendamiento o la figura análoga en cada caso y los pagos correspondientes, y, en cuanto a los desplazamientos entre islas, de las tarjetas de embarque y las facturas correspondientes.

Además, se establece una cuantía fija adicional de 6.000 euros, que indemnizará, sin necesidad de justificación, gastos de servicios y suministros a la vivienda, manutención en caso de utilizar servicios de hotelería, y , en general, los propios del alojamiento temporal en la isla de Mallorca y viajes interinsulares.

En caso de que los perceptores de la indemnización que regula este apartado trasladen su domicilio definitivamente a Mallorca, deben comunicar esta circunstancia a la secretaría general de la consejería en la que ejercen sus funciones y, en todo caso, pierden su derecho a percibir la indemnización.

Los cargos que tengan derecho a percibir esta indemnización tendrán que presentar ante la secretaría general de su conselleria, o ante el órgano equivalente en caso de entidades del sector público instrumental, una declaración responsable en la que se haga constar que tiene su domicilio habitual en la isla de Menorca, Ibiza o Formentera, durante los primeros diez días del año. En el caso de este 2021, este plazo se alarga hasta el día 4 de marzo.