La consellera de Asuntos Sociales y Deportes, Fina Santiago, durante la reunión. | CAIB

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La Conselleria de Asuntos Sociales ha dictado una resolución con la que permite el reingreso de usuarios de residencias sociales que hayan pasado fuera el confinamiento, siempre y cuando no haya ningún caso de coronavirus activo en el centro y la persona acredite que no padece COVID-19 mediante una prueba PCR.

Esta medida afecta a personas que ya tuvieran plaza en servicios sociales de tipo residencial o viviendas supervisadas para personas mayores, en situación de dependencia, personas con discapacidad o con diagnóstico de salud mental.

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En cambio, hasta el 31 de mayo se prohíben los nuevos ingresos de personas que no tuvieran plaza con anterioridad, salvo situaciones excepcionales de fuerza mayor sobrevenidas o inaplazables: cuando los cuidados requeridos no se puedan prestar en el domicilio con condiciones mínimas de higiene y salubridad; cuando la persona esté en un estado grave de salud física o mental que impida controlar la situación en el hogar; o cuando el cuidador o tutor legal, por causa de fuerza mayor, no se pueda hacer cargo. También será necesaria una prueba PCR negativa.

Estas condiciones tendrán que ser justificadas por el solicitante y validadas por la administración, ya sean los Consells Insulars o la Conselleria, dependiendo del tipo de centro.
Los ingresos en residencias estaban restringidos desde los inicios de la crisis, dentro de un plan de medidas excepcionales para limitar la propagación de la COVID-19. La Conselleria ha permitido ahora los reingresos «ua vez se ha constatado la reducción de la propagación y el contagio de la COVID-19 niveles asumibles» para estos servicios.

La resolución se ha publicado este jueves en el Boletín Oficial de la Comunidad (BOIB) y la prohibición de ingresos es prorrogable.