En 2008 el Consell de Govern adoptó un acuerdo por el que se autorizaba a la Abogacía de la Comunidad Autónoma a personarse como acusación en todos los juicios penales por casos de violencia ejercida contra las mujeres en Baleares. | Redacción Sucesos

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El Consell de Govern ha autorizado este viernes a la Abogacía de la Comunidad Autónoma a personarse y ejercer la acción popular como parte acusadora en el procedimiento penal iniciado ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ciutadella por el presunto caso de violencia de género ocurrido el pasado 22 de agosto, cuando un hombre atropelló a su pareja con el coche presuntamente de manera intencionada.

La acusación popular ejercida por el Govern en este caso, en que la juez ha abierto diligencias por lesiones, defenderá que se trata de un caso de presunto homicidio o asesinato en grado de tentativa o frustración, y que la agresión sufrida por N. G. puede constituir un delito de violencia contra las mujeres.

Así lo defiende un informe elaborado por el Instituto Balear de la Mujer, entidad que ha solicitado, a través de la Conselleria de Presidencia Cultura e Igualdad, la personación de la Abogacía en el procedimiento.

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El acuerdo aprobado este viernes por el Consell de Govern es un paso necesario para la personación de la Abogacía, tal como dispone la Ley de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Baleares.

Asimismo, en 2008 el Consell de Govern adoptó un acuerdo por el que se autorizaba a la Abogacía de la Comunidad Autónoma a personarse como acusación en todos los juicios penales por casos de violencia ejercida contra las mujeres en Baleares en que se hayan producido la muerte o lesiones graves de la víctima.

Este acuerdo confirió a la Conselleria competente en la materia la facultad de notificar a la Abogacía, con un informe previo del Instituto Balear de la Mujer, los datos de los procesos penales por casos de violencia contra las mujeres en los que tiene que personarse como acusación popular.