Imagen de archivo de una camarera de piso, que era la función de la trabajadora despedida. | Gemma Andreu

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La Sala de lo Social del TSJB ha anulado el despido de una camarera de pisos que fue grabada por un detective privada cuando ayudaba en el bar de su marido cuando estaba de baja. El tribunal considera excesivo el despido y da a elegir al hotel entre indemnizarla o readmitirla.

La mujer había trabajado para la empresa durante una década y, en junio de 2016 cogió una baja por una anemia. Esa enfermedad se prolongó durante alrededor de un mes.

Durante tres días, al final de este periodo, la trabajadora fue grabada cuando estaba en el restaurante propiedad de su marido. Hacía algunas tareas como limpiar la entrada y las escaleras del establecimiento, ir a comprar el pan o tirar cajas en el contenedor.

La empresa le aplicó un despido disciplinario por una «transgresión grave de la buena fe contractual». Entendía que la empleada había prolongado de forma ficticia la baja y que esa actividad podía interferir en su recuperación. Esos argumentos son rechazados tanto por un juzgado de lo Social como por la Sala de lo Social. Los magistrado concluyen que no se ha acreditado que se realizara un trabajo, «más allá de simples hechos esporádicos e inmediatamente a recibir el alta de su incapacidad, no interfiriendo en nada en su evolución y recuperación médica».

El tribunal entiende que la ayuda que la trabajadora dio a su marido no es comparable con la actividad que le exigía su trabajo: «No parece comparable con las funciones propias de camarera de pisos, cuyas características de exigencia ergonómica y esfuerzo, no son comparables con las concretas funciones que están acreditadas que esos días realizó la trabajadora» en el restaurante de su marido. También tiene en cuenta que se produjeron justo los días antes de que recibiera el alta médica, por lo que entiende que no interfirió en su recuperación. De esta manera considera que no existió una falta grave y declara la improcedencia.