El Consell se basó en una argucia urbanística para tratar de impedir la construcción del hotel, pero los tribunales han dado la razón a la promotora y lo que tenía que ser un campo de golf ha terminado siendo un equipamiento con oferta complementaria. | Redacción Digital

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El Consell de Mallorca ha iniciado los trámites para autorizar la construcción de un hotel de cinco estrellas junto al golf de Puntiró Lo hace obligado por una decisión judicial ya que el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB) ha declarado nulo un acuerdo del Consell tomado hace tres años que prohibía este alojamiento.

La institución insular no quiso dar el interés general a esta instalación hotelera argumentando que se ubicaba en suelo protegido, concretamente en una Área de Interés Agrario. El proyecto se ubica en el kilómetro 10 de la carretera vieja de Sineu, en la finca s’Estanyol de Puntiró de Palma. El promotor del proyecto, Golf Park Entertainment Mallorca S.A., proyecta un establecimiento de 13.183 metros cuadrados con 173 habitaciones y con una capacidad para 348 huéspedes. La intención es vincular el hotel al golf como oferta complementaria.

Los jueces negaron en su sentencia los argumentos esgrimidos por el Consell y señalaron que este no era motivo suficiente para denegar el interés general. De hecho, la sentencia señala taxativamente que tiene derecho a volver a solicitar esta autorización, que es lo que muy probablemente sucederá a partir de ahora.

La Comissió d’Urbanisme acordó la semana pasado acatar la sentencia pero dice que, antes de la concesión de la licencia municipal, los promotores deberán agrupar las fincas que ocupan el golf, de 656.018 metros cuadrados, y la aledaña de 34.000 metros cuadrados. El Consell da además seis meses de plazo a la promotora para que pida la licencia ya que, en caso de no hacerlo, se iniciará el expediente de caducidad, tal y como establece la ley.

Para rechazar el proyecto, el Consell aseguró que la zona tenía interés agrario, pero el TSJIB lo negó en su sentencia. Aseguró que la finca en cuestión no es agrícola, sino suelo rústico, y precisó además que el Plan Territorial que sigue en vigor no prohíbe la posibilidad de autorizar una actividad complementaria, en este caso el hotel de cinco estrellas, en el área en la que está ubicada esta parcela. El Consell se ha visto obligado a acatar la sentencia y deberá dar el interés general si lo solicita la promotora.