La sección segunda de la Audiencia Provincial ha dictado un auto en el que desestima los recursos de apelación. | Redacción Local

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La Audiencia de Palma ha desestimado los recursos de dos investigados en el llamado caso Carreteras, -el exconseller de Obras Públicas, Antoni Pascual, y un empresario de restauración-, reclamando la práctica de varias diligencias complementarias de prueba, por considerarlas innecesarias.

La sección segunda de la Audiencia Provincial ha dictado un auto en el que desestima los recursos de apelación de ambos contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 5 de Palma de denegarles pruebas documentales complementarias y una pericial caligráfica y lo ha confirmado.

En el caso Carreteras hay 13 investigados por el presunto sobrecoste de 41 millones en la construcción del desdoblamiento, conservación, mantenimiento y explotación de la carretera de Palma a Manacor (Ma-15) por parte del Consell de Mallorca, por el supuesto cobro de comisiones y por obras extras encargadas por particulares, por si pudieran constituir malversación, fraude y cohecho.

El Juzgado denegó a las defensas de ambos investigados diligencias de prueba complementarias en la audiencia preliminar que habían solicitado en sus escritos de conclusiones provisionales por considerar que no son necesarias y que su práctica se puede relegar al juicio ante un jurado. Las dos defensas recurrieron el auto por considerar la decisión inmotivada y carente de justificación.

La sección segunda de la Audiencia de Palma concluye que la resolución carece de motivación porque no explica las razones de la decisión de denegar las diligencias pero añade que «no por ello ha de dar lugar a su nulidad y a la práctica de las diligencias solicitadas».

La sala considera que las pruebas no son necesarias para que ninguno de los dos investigados puedan defender su posición contraria a la apertura de juicio oral. El tribunal señala que los argumentos con los que cuestionan que se abra juicio ya constan en la causa «y no es necesario ahondar en ellas, pues se trata de cuestiones de calado jurídico».

«Lo esencial es que su práctica no es necesaria, en el sentido de imprescindible ni determinante, para poder solicitar en el trámite de audiencia preliminar el sobreseimiento», indica la Audiencia en el auto.

Según el tribunal, del discurrir procesal de la causa, primero como diligencias previas, luego como procedimiento abreviado y por último de jurado popular «cabe extraer el por qué de la convicción judicial de que las diligencias de prueba denegadas no son necesarias para que en el acto de audiencia preliminar se pueda debatir y decidir o no la apertura de juicio oral».

«Aunque convenimos con los apelantes en que la resolución recurrida se halla ausente de motivación, ninguna indefensión se ha causado en ello» porque dicha decisión se completa con anteriores resoluciones, afirma la sección segunda de la Audiencia.

Añade que las diligencias de prueba pedidas seguirían sin explicar el presunto sobrecoste de 41 millones de euros en la obra, el exiguo coste de algunos trabajos para particulares y la irregularidad en varios pagos, algo que deberá ser analizado en juicio.