Un juzgado de lo Social de Palma tendrá que decidir si el sindicato UGT tiene obligación de readmitir o no en su puesto de trabajo a la exconcejal del PP en Palma Esperanza Crespí. La antigua edil trabajaba como coordinadora del servicio de orientación laboral del sindicato cuando se incorporó a las listas populares. Tras obtener acta en las elecciones de 2011 solicitó una excedencia forzosa con reserva del puesto de trabajo, en el que había trabajado durante cuatro años.
Una exconcejal del PP en Palma demanda a UGT por despido improcedente
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25 comentarios
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Dinero publico , que bien se vive de el , como dijo una ministrilla de juguete , " El dinero publico no es de nadie " . Pero todos sabemos quien se lo lleva crudo y que hacienda somos todos . Demasiados estirados viviendo del dinero publico , una lacra nacional .-
Y los de UGT también.....!
Es el mercado, amiga!
ugt y pp luego dicen que votemos que cada uno tiene ideologia,esta claro que el puesto de trabajo es lo primero, aqui la pasta primero antes que la moral ideologia y chorradas....todos tenemos un precio y yo el primero....
Papallona...
Como vivir de por vida del dinero publico , o el poder publico , Todos sabemos que pasa desde hace decadas en UGT y CC.OO , otros beneficiados de la porqueria de transicion que nos vendieron unos partidos politicos movidos solo por la avaricia y el poder , el Cafe para todos de Arevalo , mientras España es un infierno fiscal para el ciudadano .
Estos del PP tienen topos en todas partes.
Esto es la venganza de un sindicato de izquierdas contra una trabajadora de derechas, ni mas ni menos. Y efectivamente, una excedencia para acceder a un cargo público al acabarse debe volver a su puesto de trabajo.
Para el señor o señora que firma como "Cuánto ignorante" le convendría saber, para salir a su vez de su ignorancia, y antes de dar lecciones a los demás, que las excedencias pueden ser voluntarias o forzosas. El caso de esta señora era una excedencia forzosa porque fue nombrada cargo público, y a su cese, puede reincorporarse "ipso facto" a su puesto de trabajo, sin tener que esperar a que haya vacantes. Art. 46 del Estatuto de los Trabajadores.
victima de tus actos.