La sección sindical de Acciona Airport concentrada por la mejora de la conciliación de la vida laboral y familiar. | Pere Bota

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La Confederación General del Trabajo (CGT) en Baleares ha interpuesto un recurso de lo contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de las islas (TSJIB) para denunciar que la Administración vulnerase el derecho a la huelga y de libertad sindical de los trabajadores de Acciona Airport durante el paro que convocaron los pasados días 23, 26 y 30 de junio en el aeropuerto de Palma.

La entidad, representada por el abogado Pablo Alonso de Caso, ha decidido llevar a los tribunales la «vulneración de un derecho fundamental consagrado» por cuando «se ha privado a los trabajadores y al propio sindicato perturbar, de forma pacífica y no violenta, el normal desenvolvimiento de la vida social y, en particular, en el proceso de producción de servicios» de la empresa en las instalaciones de Son Sant Joan.

Y ello, precisa la demanda, al aseverar que pese a que se intentaron negociar los servicios mínimos entre CGT y Acciona Airport sin haber sido posible alcanzar un acuerdo, la Administración demandada «impuso los servicios mínimos» sin comunicar adecuadamente la resolución en la que quedaban establecidos, por lo que dejaba a los convocantes «en una situación de inseguridad jurídica y coartaba su estrategia sindical».

Más en concreto, el escrito alude a la resolución del secretario de Estado de Infraestructuras, Transportes y Vivienda del Ministerio de Fomento, fechada el 22 de mayo, que no fue dada a conocer «sino pocas horas antes de la celebración de la primera jornada de huelga aun habiendo comunicado el sindicato la intención de ejercer el derecho de huelga con tiempo suficiente».

Tal y como relata el letrado, la empresa, a su vez, y «para noquear a los trabajadores que querían ejercer su derecho de huelga, comunicó los servicios mínimos incluso el mismo día de la jornada de huelga».

«En definitiva, con dichos servicios quedó vacío de contenido el derecho de huelga ejercitado», recrimina la demanda, que lamenta cómo con su proceder la Administración «habría erosionado los derechos de actividad y medios de acción del sindicato CGT» que, según abundante jurisprudencia, «constituyen el núcleo mínimo e indispensable de la libertad sindical».

Es más, la entidad recuerda que, junto a la CNT, es un sindicato «de corte anarcosindicalista y ello supone que huye de la solicitud de ayudas y subvenciones de las Administraciones públicas, de la gestión de cursos de formación, expedientes de regulación de empleo o promoción de viviendas».

La demanda asevera que el objetivo general del paro era reivindicar «unas cotas de derechos más altas» en la empresa, puesto que «el escenario en el que prestan sus servicios los trabajadores es muy precario, no existe empatía y asertividad por parte de la dirección de recursos humanos incluso en temas como la conciliación de la vida laboral y familiar de las madres trabajadoras».

Entre otros aspectos, los fines de la huelga pasaban por exigir a la empresa que no contrate a trabajadores fijos discontinuos por menos de 30 horas semanales, aumentar la jornada laboral y que a los empleados con contrato fijo se les respete la rueda de libranzas que se daba en temporadas anteriores.