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El Consell de Govern ha aprobado el Proyecto de Ley de Mecenazgo de la Comunidad Autónoma, por la cual se regula el consumo y el mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico, y se establecen medidas tributarias.

Según ha explicado en rueda de prensa la portavoz del Govern, Núria Riera, el objetivo de esta normativa es promover los sectores cultural, científico y tecnológico, con la incentivación de acciones provenientes del sector privado y favoreciendo la colaboración público-privada.

Además, también se incentiva el micromecenazgo, entendido como aquellas acciones en las cuales se solicita un elevado número de aportaciones económicas para cubrir el coste básico de una actividad cultural, científica o de desarrollo tecnológico, a través de internet u otros medios.

Con el objetivo de reforzar un pilar fundamental de la identidad de nuestra Comunidad Autónoma, este Proyecto de Ley establece medidas de estímulo fiscal para instaurar un nuevo marco que favorezca una acción conjunta pública y privada. Se regulan 3 modalidades de mecenazgo: las donaciones, las cesiones de uso y los convenios de colaboración empresarial.

Dentro del texto aprobado este viernes se concretan los incentivos fiscales aplicables y en qué casos y actuaciones se podrán aplicar. También se determinan los requisitos que serán necesarios para tener derecho a las deducciones y el procedimiento a seguir para justificar la acción.

En consecuencia, la disposición adicional Segunda del Proyecto de Ley prevé la modificación del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de tributos cedidos por el Estado aprobado por el Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio.

Así, establece una deducción de IRPF de la cuota autonómica del impuesto de un 15% sobre el valor de las donaciones, cesiones de uso, contratos de comodato o cantidades satisfechas por determinados convenios de colaboración, con un límite de 600 euros por ejercicio.

Según datos proporcionados por la Agencia Tributaria del Estado (AEAT, se estima que se podrían beneficiar 275 personas.

Por su parte, en cuanto el impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas, se establece una bonificación autonómica del 90% en la parte proporcional de la cuota que deriva de la titularidad de bienes de consumo cultural.

Así, en el impuesto sobre sucesiones y donaciones se incluyen tres reducciones en la base imponible, que a la práctica supone dejar sin tributación o con tributación aminorada el tipo de operaciones que se quieren fomentar.

Además, el proyecto de Ley eleva la reducción en la transmisión de empresa que aumenta del actual 95% fijado para todo tipo de empresa al 99% para las empresas que desarrollen primordialmente una actividad cultural, científica o de desarrollo tecnológico.

También, se regula una reducción del 50% en la base imponible del impuesto del valor de los bienes de la herencia que se destinen a la creación de una empresa cultural con un límite de base de 400.000 euros que supone, una disminución de cuota de unos 88.000 euros por contribuyente.

Por último, se crea una reducción del 70% en las donaciones de dinero en efectivo realizadas de padres a hijos para la creación de una empresa cultural, científica o de desarrollo tecnológico con un máximo de 300.000 euros, lo cual con los tipos actuales supone una beneficio fiscal de unos 14.700 euros por sujeto.