Numerosos colectivos sociales se han opuesto a los cambios en la Llei de Funció Pública, los cuales se manifestaron frente al Consolat. | J. TORRES

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El Govern no quiere que quede en una mera declaración de intenciones el cambio del catalán de requisito a mérito para el acceso a la función pública, toda vez que los servicios jurídicos de la Conselleria d'Administracions Públiques estudiará las distintas mociones que se están aprobando en algunos ayuntamientos mallorquines en la que se declara a todos sus trabajadores dedicados «a la atención al público» como función principal. De este modo se pretende aprovechar el resquicio que permite el punto 2d. de la disposición adicional doce de la modificación de la Llei de la Funció Pública, aprobada el pasado 19 de julio, para exigir el catalán como requisito para acceder a un puesto de trabajo en la Administración municipal.

La directora general de la Funció Pública, Núria Riera, señala que «a nuestro departamento todavía no ha llegado ninguno de los acuerdos adoptados en los ayuntamientos», añadiendo a continuación que «nuestra obligación es realizar un control de legalidad, como también hacen los consells y la Delegación del Gobierno, sobre todas las decisiones municipales».

Riera indica que la modificación de la Llei de Funció Pública -que provocó la expulsión de Antoni Pastor del PP por su oposición a los cambios- precisa que «el conocimiento de la lengua catalana no será, de manera general, un requisito para acceder a la condición de empleado público», circunstancia que obliga, en su opinión, «excepto en las excepciones que contempla la propia ley, a justificar su exigencia». Con esta premisa, desde la Conselleria d'Administracions Públiques se considera inevitable que «se envíe un requerimiento a los ayuntamientos e instituciones que han aprobado o aprueben mociones que pretendan vulnerar los principios del texto aprobado por el Parlament.

Impugnaciones

Riera admitió que «sólo en el caso de que no se rectifiquen los acuerdos nos plantearemos la impugnación, para la Conselleria consideramos que ésta debe ser la última instancia».

Algunos juristas señalaron que el valor legal de esta mociones que se están aprobando algunos ayuntamientos puede quedar matizado por los recursos que interpongan los particulares a las bases de las convocatorias en las futuras oposiciones, toda vez que lo que dispone el texto modificado por el Parlament es de mayor rango que las mociones que pueda aprobar un pleno municipal.

La directora general de la Funció Pública insiste en que la labor de su departamento «es de asesoría a los ayuntamientos y otras instituciones», al tiempo que considera que no será necesario llegar a ningún tipo de confrontación legal con los municipios para que acepten los cambios en las condiciones de acceso a los puestos de trabajo públicos.